Conecta con nosotros

México

Renuncia Miriam Esther Veras Godoy, responsable del plan de vacunación

La responsable del plan de vacunación contra Covid-19, Miriam Esther Veras Godoy, renunció al cargo.

Salud dijo que su renuncia fue por razones personales y desmintió que haya sido porque no estaba de acuerdo con cómo se está implementando el plan de vacunación.

«No es real que la Dra. Miriam Veras Godoy estuviera en desacuerdo con la aplicación de la vacuna o el esquema de vacunación y su renuncia no impacta la logística de la campaña nacional», dijo José Luis Alomía, director general de Epidemiología.

Currículum:

Médica Cirujana, especialista en: Salud Pública, Docencia y Tecnología Educativa por la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo y Maestra en Ciencias en Sistemas de Salud por las Escuela de Salud Pública de México-Instituto Nacional de Salud Pública de México.

Experiencia profesional en Salud Pública de 31 años, en la Secretaría de Salud tanto a nivel estatal como a nivel federal.

En el Estado de Hidalgo: Jefe de Oficina de Enfermedades Prevenibles por Vacunación, en los Servicios Coordinados de Salud Pública en el Estado de Hidalgo; Coordinadora de Evaluación y Programas Especiales del Programa de Apoyo a los Servicios de Salud para Población Abierta (PASSPA); Coordinadora de Investigación; Coordinadora de los grupos de trabajo del Consejo Estatal Contra las Adicciones del Estado; Directora de Políticas y Estrategias en Salud Pública; profesional vinculada al Consejo Estatal de Salud y de octubre del 2015 a diciembre del 2018, Coordinadora Estatal del Programa de Vacunación.

A nivel Federal de 1996 a 2002 fue Directora de información y Evaluación en el CeNSIA, de 2002 a 2004 asesora de dicho Centro, y de septiembre de 2013 a julio 2014 Directora General Adjunta de Normatividad y Gestión de Recursos Humanos en Salud de la Dirección General de Calidad en Salud.

Ha participado como Evaluadora Externa de programa de Vacunación en México y como Coordinadora Nacional de la Evaluación Internacional de los Componentes: Enfermedades diarreicas, infecciones respiratorias y nutrición, del Programa de Atención a la Salud del niño en México. Evaluadora internacional de la OPS al Programa Ampliado de Inmunizaciones en Colombia y Nicaragua. Consultora en vacunas de la Iniciativa Mesoamericana de Salud Pública. Consultora de OPS en el área de vacunas con sede en Washington DC y de Vigilancia Epidemiológica para introducción de nuevas vacunas en Honduras.

Publicaciones y asesorías de tesis en temas relacionados con calidad de la atención, vacunas, evaluación de Programas de Salud y epidemiología de enfermedades de importancia para la Salud Pública.

Docente de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo desde 1980 en Bachillerato en el área de biología; en pregrado el área de salud pública y sistemas de salud, en las licenciaturas en Medicina, Gerontología y Farmacia y en posgrado en maestría, en las áreas de gerencia y de toma de decisiones en Salud Pública.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto