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México

Propone Cruz Pérez Cuéllar reforma al Sistema Integral de Justicia

Con el objetivo de crear mecanismos para evitar la reincidencia del delito de adolescentes y procurar su reinserción social de manera especializada, el senador por Morena Cruz Pérez Cuéllar, propuso en el marco de la VI Reunión Plenaria del Grupo Parlamentario, una reforma al Reforma al Sistema Integral de Justicia.

A través de una reunión plenaria en modalidad a distancia, en la que no participaron funcionarios federales ni secretarios de estado, las y los senadores expusieron diversos temas o reformas que habrán de presentarse en el Segundo Periodo Ordinario de Sesiones del Tercer Año de Ejercicio Legislativo que esta por iniciar el 1º de febrero.

Durante la plenaria se presentaron iniciativas, como la reforma a los ordenamientos que regulan el financiamiento público de los partidos políticos nacionales para reducir su asignación presupuestal; la reforma a la Ley del Banco de México y la reforma en materia de Subcontratación (Outsourcing)

De la misma manera, se propuso la: Ley de la Fiscalía General de la República; la creación de la Ley de Economía Circular; la Ley de Remuneraciones de Servidores Públicos y se revisó la aprobación de las Leyes Secundarias y las adecuaciones normativas derivadas de la reforma constitucional en materia educativa; Ley de Educación Superior y de la Ley General de Ciencia, Tecnología e Innovación

Pos otro lado, se planteó la Conclusión del Trámite de la Ley de Educación Superior; se proyectó la entrega de la Medalla Belisario Domínguez y se presentó la Agenda Legislativa del Grupo Parlamentario de Morena para el Segundo Periodo del Tercer An?o de Ejercicio de la LXIV Legislatura.

Durante su intervención, el senador chihuahuense expuso que la iniciativa que esta promoviendo, pretende adicionar a los supuestos que admiten el internamiento de personas adolescentes, el robo cometido mediante la utilización de objetos que tengan la apariencia, forma o configuración de armas de fuego; es decir, armas réplica.

“Nuestro trabajo como Legisladoras y Legisladores es modificar las leyes para que, en este caso, los adolescentes no se inserten en las filas de la delincuencia, evitando con ello que quienes hayan cometido un delito, lo continúen haciendo como un estilo de vida” mencionó el senador morenista durante la argumentación de su iniciativa.

Para finalizar, el senador Pérez Cuéllar, se congratuló que durante VI Reunión Plenaria del Grupo Parlamentario de Morena, se definiera una agenda legislativa mediante la cual, se buscará dar continuidad a los trabajos parlamentarios para materializar el rediseño de diversos instrumentos legales que construyen las bases jurídicas y normativas para hacer frente a los diferentes retos que tiene el paí

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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