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México

Exhorta Senado a Conagua a revisar el funcionamiento del sistema Conagu@ en Li?ne@

El senador por Morena Cruz Pérez Cuéllar, presentó una proposición con punto de acuerdo a fin de exhortar a la Comisión Nacional del Agua a revisar el funcionamiento del Sistema Conagu@ en Li?ne@; crear una alternativa para el ingreso de trámites de los usuarios de aguas nacionales a los que se les dificulta hacerlo por la vía electrónica, así? como capacitar a los servidores públicos de la Dirección Local en el estado de Chihuahua en la utilización de dicho Sistema.

Lo anterior, señaló el senador morenista, luego de que productores agrícolas de Chihuahua manifestaran su inconformidad porque la Dirección de la Comisión Nacional del Agua en el estado no recibe los tramites que el Sistema Conagu@ en Li?ne@ no contempla, por lo que es imposible ingresarlos, así? como que no se les brinda asesoría por parte de los servidores públicos de la CONAGUA, a aquellos usuarios que no saben utilizar dicho Sistema.

Dijo que, desafortunadamente, y a pesar de más de un año de operación, el Sistema Conagu@ en Li?ne@, sigue presentando muchos problemas para los agricultores del estado de Chihuahua, dejándolos en la indefensión y en la incertidumbre jurídica, ya que no provee de los lineamientos para ingresar trámites cuando un usuario no posee la Firma Electro?nica Avanzada (FIEL).

Además, explicó Pérez Cuéllar, que la molestia de los productores radica también, en que el Sistema es muy intermitente; es decir, que no siempre esta? funcionando, problema que ya sucedió el pasado mes enero de 2021 cuando no estuvo operando, lo cual resulta muy grave, porque no puede estar supeditado a un Sistema que ni siquiera los propios servidores públicos de CONAGUA saben utilizar.

De tal manera, que el legislador chihuahuense, presentó el punto de acuerdo mediante el cual se exhorta respetuosamente a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) a revisar exhaustivamente el funcionamiento del Sistema Conagu@ en Li?ne@, con el objeto de hacerlo más sencillo y amigable para los millones de usuarios de aguas nacionales en el país, sobre todo los productores agrícolas que se han quedado en la incertidumbre jurídica al no poder ingresar sus trámites o no poderles dar seguimiento.

Además, invita a la dependencia federal a crear una alternativa al Sistema Conagu@ en Li?ne@ para el ingreso de trámites de los usuarios de aguas nacionales en el país a los que se les dificulte ingresarlos por la vía digital, ya que dicho Sistema ha generado acciones discriminatorias y marcadas desigualdades para dichos usuarios, en detrimento sobre todo de los productores agrícolas.

Asimismo, exhorta a capacitar a los servidores públicos del Centro Integral de Servicios (CIS) en el estado de Chihuahua en la utilización del Sistema Conagu@ en Line@ para que puedan asesorar debidamente a los productores agrícolas del estado, con el objeto de que puedan ingresar de manera inmediata los trámites que, debido a las fallas en el Sistema no se han podido ingresar.

Concluyó que el Sistema Conagu@-Digital, hoy Conagu@ en Li?ne@, fue una invencio?n del Gobierno de Enrique Pen?a Nieto que viola el derecho de peticio?n, que lo u?nico que provoco? fue un alejamiento de los beneficios para los productores agri?colas del pai?s, y algunos abusos por parte de la autoridad.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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