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México

Analizan que sólo vacunados contra COVID-19 puedan ingresar a bares y antros en la CDMX

Tras 15 meses cerrados, bares y antros de la Ciudad de México podrían reabrir pronto con un esquema controlado, de cual ya existe una propuesta entre el sector y la Secretaría de Desarrollo Económico (SEDECO), declaró la jefa de gobierno capitalino, Claudia Sheinbaum.

Entre los esquemas que se plantean, está que estos establecimientos permitan la entrada a los asistentes que estén vacunados contra el Covid-19 o presenten una prueba de que no padecen COVID-19.

Durante la conferencia sobre los “500 años de resistencia indígena en la Ciudad de México”, Sheinbaum detalló que “la idea es, sin excluir, buscar que en los lugares cerrados haya personas que ya hayan sido vacunadas o que hayan dado negativo a una prueba”, indicó.

Aunque no detalló una fecha en específico dijo que darían más detalles este viernes.

Tras la clausura de clases del período escolar 2020-2021 que concluyó la semana pasada, las vacaciones de verano iniciaron oficialmente, lo que ha desencadenado la movilidad en varios sectores, lo que a su vez se junta con la tercera ola de contagios de coronavirus que han mostrado un alza en las últimas cuatro semanas.

En la conferencia de prensa matutina de este martes, el subsecretario de salud, Hugo López-Gatell, anunció que la tercera ola del COVID-19 empezó desde hace cuatro semanas en México.

“La primera ola empezó cuando empezó la epidemia, en febrero del 2020; la segunda ola epidémica empezó en octubre del 2020 y llegó en un punto máximo en enero del 2021, después se redujo durante seis meses consecutivos, y la tercera ola epidémica tiene cuatro semanas que empezó el incremento acelerado de casos”, explicó.

No obstante, a pesar del incremento acelerado de casos que México ha registrado en las últimas semanas, el epidemiólogo aclaró que las hospitalizaciones y defunciones presentan una reducción superior al 75%, lo que representa, dijo, un “efecto positivo de la vacunación”.

Ante este escenario, López-Gatell subrayó en la importancia de continuar con la jornada de inmunización en el país, por lo cual anunció dos operativos especiales que permitirían alcanzar este objetivo.

Fuente: infobae

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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