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México

AMLO anuncia censo en Veracruz para entrega de ayuda por huracán ‘Grace’

El presidente Andrés Manuel López Obrador informó que se realizará un censo casa por casa en Veracruz para identificar y ayudar a los damnificados por el paso del huracán Grace la semana pasada.

“Se va a realizar un censo casa por casa en todos los municipios, igual que se hizo en Tabasco con las inundaciones. Toda la ayuda la van a entregar, toda la ayuda, por la Secretaría de la Defensa y la Secretaría de Marina, no se va a entregar por intermediarios”, explicó este martes.

Durante su conferencia de prensa, desde Xalapa, Veracruz, el presidente afirmó que no habrá limite presupuestal para ayudar a quienes resultaron afectados por las inundaciones o deslaves tras el paso del huracán Grace.

No hay limite presupuestal, lo que se necesite. Se va a apoyar a los damnificados, a la gente afectada por las lluvias, por los vientos, por derrumbes, a todos los damnificados”. Andrés Manuel López Obrador, presidente de México.
López Obrador solicitó a los ciudadanos de Veracruz que no tomen las carreteras para exigir ayuda de la federación, pues dijo que su gobierno atenderá a todos los que requieran ayuda.

La tarde de este martes, el presidente López Obrador se reunió en privado con miembros de su gabinete para afinar el Plan de apoyo a personas afectadas por el huracán Grace.

Laura Velázquez Alzúa, coordinadora nacional de Protección Civil, informó que este 25 de agosto se iniciará el censo en los 24 municipios más afectados por el huracán Grace:

1. Álamo de Temapache.
2. Castillo de Teayo.
3. Corazones de Herrera.
4. Chicontepec.
5. Chumatlán.
6. Coahuitlán.
7. Coatzintla.
8. Coxquihul.
9. Coyutla.
10. Espinal.
11. Filometo Mata.
12. Gutiérrez Zamora.
13. Huayacocotla.
14. Ilamatlan.
15. Ixhuatlán de Madero.
16. Mecatlán.
17. Papantla.
18. Poza Rica de Hidalgo.
19. Tecolutla.
20. Texcatepec.
21. Tihuatlán.
22. Tlachichilco.
23. Zacualpan.
24. Zozocolco de Hidalgo.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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