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México

Presidente de Cuba, es el invitado principal para la celebración de la independencia

“El día 16 se invitó al presidente de Cuba, al presidente Díaz-Canel, él va a estar en la ceremonia del día 16”, dijo López Obrador en su conferencia de prensa matutina desde el Palacio Nacional, cuestionado sobre si la invitación ha generado polémica.

“No podemos invitar a unos y a otros no, México tiene una relación de amistad con todos los pueblos”, agregó.

Asimismo, destacó la relación de amistad que México ha mantenido con Cuba desde hace muchos años, y anunció que Díaz-Canel también dirá unas palabras el día 16 de septiembre, como han hecho en anteriores ocasiones otros mandatarios.

Argumentó que la presencia de su homólogo en México en los próximos días es parte del “trato igualitario” que se ha dado a otros jefes de Estado que han sido parte de otras celebraciones por los 700 años de la fundación México-Tenochtitlan, los 500 años de la conquista de Hernán Cortés, ahora rebautizada como resistencia indígena, y los 200 años de la independencia del país.

En tanto, el canciller Marcelo Ebrard recordó que la visita de Díaz-Canel al país se da en el marco de la reunión de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac) que se realizará el próximo sábado en la Ciudad de México.

ESTADOS UNIDOS

López Obrador remarcó que en este año de conmemoraciones también se tiene programado otro evento para el 27 de septiembre, cuando se recuerda la consumación de la independencia.

Explicó que extendió la invitación a su homólogo de Estados Unidos, Joe Biden. Sin embargo, debido a que el jefe de la Casa Blanca no puede acudir, asistirá en su lugar el secretario de Estado, Antony Blinken.

Afirmó que para el día 28, donde se pedirá perdón a los pueblos yaquis, también hay invitados extranjeros y en diciembre, en la conmemoración de sus tres años de toma de posesión, igualmente habrá invitados civiles y militares de varios países.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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