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México

Cuáles son los argumentos de México para demandar a los fabricantes de armas en EEUU

El Gobierno de México interpuso una demanda contra 10 compañías estadounidenses en un tribunal federal de Massachusetts, acusándolas de facilitar la venta de armas a los cárteles del narcotráfico.

Básicamente, las autoridades mexicanas responsabilizaron a los fabricantes de armas de Estados Unidos por la violencia desenfrenada que aqueja al país.

Por ello, buscan una reparación económica de hasta 10 mil millones de dólares (USD). Entre las empresas señaladas se encuentran Smith & Wesson; Barrett Firearms; Colt’s Manufacturing Company; Glock Inc; Sturm, Ruger & Company.

El gobierno mexicano cuenta con dos argumentos principales para este caso. El primero versa concretamente sobre un tema de marketing. Y es que en la demanda se detalla que los fabricantes de armas han comercializado en formas que apuntan específicamente al crimen organizado.

REUTERS/Stringer FOR EDITORIAL USE ONLY. NO RESALES. NO ARCHIVES.REUTERS/Stringer FOR EDITORIAL USE ONLY. NO RESALES. NO ARCHIVES.

Como ejemplo, señalaron el caso de la periodista de investigación Miroslava Breach, corresponsal del diario La Jornada en Chihuahua. En marzo de 2017, la asesinaron cuando estaba en su automóvil con uno de sus hijos, a quien estaba a punto de llevar a la escuela.

El arma que se utilizó para matarla fue una pistola Colt 38 de edición especial, la cual estaba grabada en un lado con el rostro de Emiliano Zapata, y en el otro lado con una frase que comúnmente se le atribuye al revolucionario: “es mejor morir de pie que vivir de rodillas”.

El gobierno de México argumentó que ese grabado es el tipo de marketing que se dirige específicamente a los cárteles de la droga.

No obstante, expertos legales estadounidenses han señalado que es perfectamente legal grabar una pistola con la imagen de Emiliano Zapata o cualquier otro héroe revolucionario mexicano. Por ello, advirtieron, será muy difícil demostrar que ese tipo de marketing apunta específicamente a los grupos del crimen organizado.

La última pistola confiscada a Joaquín "El Chapo" Guzmán (Foto: Diana Zavala/Infobae México)La última pistola confiscada a Joaquín «El Chapo» Guzmán (Foto: Diana Zavala/Infobae México)

El segundo argumento hizo hincapié en la forma en que los fabricantes de armas venden su mercancía. El gobierno mexicano argumentó que los fabricantes de armas no están haciendo un monitoreo correcto de seguridad para asegurarse de que sus armas no lleguen a compradores falsos, que luego se encargan de traficarlas a México.

Las autoridades mexicanas afirmaron que los fabricantes de armas comercializan con cualquier distribuidor que cuente con una licencia, esto a pesar de los múltiples señalamientos contra los distribuidores por supuestamente conspirar con compradores falsos.

De acuerdo con el diario The New York Times, este también será un argumento complicado de demostrar en la corte, no solo por la dificultad de demostrar que en efecto fueron descuidados, sino también para poder demostrar que los fabricantes de armas realmente sabían exactamente a dónde iba destinada su mercancía. El descuido no es considerado un delito, advirtieron especialistas, por lo que se debe cumplir con un estándar legal bastante alto para que ese argumento se lleve a cabo en los tribunales.

El propio gobierno mexicano ha reconocido que existe una barrera muy alta para aclarar estos estándares legales en los EEUU. Sin embargo, recalcó que también podrían presentar lo que sería un argumento legal completamente nuevo, enfocado principalmente en la PLCAA, un estatuto federal que protege a los fabricantes de armas en EEUU.

EFE/EPA/ERIK S. LESSER/Archivo
EFE/EPA/ERIK S. LESSER/Archivo

México argumentó que ese estatuto federal nunca contempló lo que sucedería si un país extranjero presenta una demanda contra los fabricantes. Y es que a pesar de que esta ley impide que los ciudadanos estadounidenses demanden a los fabricantes de armas por los delitos cometidos, advirtieron que ello no aplica si esos delitos se cometieron en otro país.

El tribunal federal de Estados Unidos que examina la demanda interpuesta por el Gobierno de México contra los principales fabricantes de armas, fijó plazos para los primeros procedimientos del caso, aseguraron este domingo funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores.

La semana pasada, el tribunal de Massachusetts aprobó el calendario propuesto por las partes relevantes. “Las empresas demandadas tendrán hasta el 22 de noviembre de 2021 para presentar su respuesta a la demanda mexicana y oponerse a las defensas legales que consideren pertinentes”, informó en un comunicado

Posteriormente, el gobierno mexicano tendrá hasta el 31 de enero de 2022 para responder y las empresas demandadas deberán presentar su contrarréplica antes del 28 de febrero de 2022.

FOTO: JUAN PABLO ZAMORA /CUARTOSCURO.COMFOTO: JUAN PABLO ZAMORA /CUARTOSCURO.COM

El pasado 17 de septiembre, el juez F. Dennis Saylor, de Massachusetts, aceptó una petición de los abogados de las 11 empresas armamentistas denunciadas para que los próximos movimientos puedan llevarlos a cabo de manera conjunta.

Se espera que el proceso concluya en el primer semestre del próximo año.

México, con una población de 126 millones de habitantes, se ha visto afectado por una violencia letal generalizada desde diciembre de 2006, cuando el gobierno del entonces presidente Felipe Calderón inicio la controvertida Guerra contra el narco.

Desde entonces, según cifras del gobierno, más de 300.000 personas han sido asesinadas en México, la mayoría por armas de fuego y en hechos relacionados con el crimen organizado.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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