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México

Gobierno protegerá a Mario Aburto si tiene otra versión sobre caso Colosio: AMLO

El presidente Andrés Manuel López Obrador llamó aMario Aburto Martínez y a su familia a hablar si tienen otra versión sobre el asesinato del ex candidato presidencial Luis Donaldo Colosio Murrieta y a cambio ofreció la protección del Estado.

Caleb Ordoñez Talavera

Yo creo que si la familia del señor Aburto tiene algo que decir sobre el proceso, que signifique otra versión sobre los hechos y si él puede expresar, probar que fue torturado, que está amenazado y que por eso ha guardado silencio, si es que existe otra versión, el estado mexicano lo protegería”, ofreció.

Mario Aburto se encuentra recluido desde1994 como el único asesino confeso, «el asesino solitario», de Luis Donaldo el 23 de marzo de ese año en Lomas Taurinas, Tijuana, después de que el entonces candidato a la Presidencia de la República encabezara un mitin.


López Obrador
calificó como una “vileza” “lo que le hicieron” al sonorense Luis Donaldo Colosio.

“A nosotros sí nos interesa mucho el que no haya ninguna sospecha sobre este lamentable asesinato de Luis Donaldo Colosio, fue una vileza lo que le hicieron, entonces sería un acto de justicia y por lo miso es un asunto de Estado”, dijo.

El mandatario aseguró que si Aburto Martínez está dispuesto a contar su versión, se le brindaría toda la protección “a él y a su familia”.

“Si tiene algo que aportar. Si las cosas sucedieron como están en el juicio, lo único que nosotros estamos obligados a hacer es que no se le violen sus derechos humanos y eso es un compromiso”, indicó.

El Presidente adelantó que pedirá al subsecretario de Derechos Humanos Alejandro Encinas Rodríguez que se entreviste con la familia de Aburto Martínez.

Mario Aburto no está incomunicado

Rosa Icela Rodríguez Velázquez aseguró que Aburto Martínez no se encuentra incomunicado y que puede tener contacto no sólo con su familia, sino con otras personas.

“Él está tan comunicado que ha seguido estudiando y está por concluir la carrera de Derecho”, indicó.

Aburto Martínez, dijo, goza de buen estado de salud y se revisa ahora con los jurídicos la respuesta que se le dará a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), la cual emitió un dictamen en donde concluyó que Mario Aburto fue torturado.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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