Política
Declarar seguridad nacional a obras federales posibilita corrupción: Mario Vázquez
Ante la declaración de interés público y seguridad nacional por parte del Gobierno Federal para la realización de proyectos y obras a su cargo, el diputado coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional (GPPAN), Mario Vázquez Robles destacó que significa una violación a los derechos humanos, retrocede avances en materia de transparencia y posibilita probables actos de corrupción.
Lo anterior, luego del Acuerdo Presidencial que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el pasado 22 de noviembre, en el cual instruye a las dependencias y entidades de la administración pública federal a otorgar la autorización provisional a la presentación y/u obtención de los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar los proyectos u obras de interés público y seguridad nacional a cargo del Gobierno de México asociados a infraestructura de diversos sectores.
Añadió que este acuerdo es inconstitucional y fomenta la discrecionalidad en la gestión de obras y proyectos públicos, y genera un régimen de excepción en la regulación de los proyectos de desarrollo en México, implica además un retroceso en la transparencia y la rendición de cuentas al limitar controles y mecanismos de prevención de la corrupción.
Además, Mario Vázquez sostuvo que con ello “el Poder Ejecutivo contraviene también de manera directa el derecho a la tierra y al territorio de los pueblos y el derecho a la propiedad de los núcleos agrarios (…) Es de evidente preocupación que se establezca una excepción tan amplia a requisitos para autorizar la ejecución de proyectos que tienen asignada una gran cantidad de recursos, permitiendo una autorización provisional de proyectos, hasta por 12 meses, lo que limita el despliegue de mecanismos de control y de rendición de cuentas que deben de seguir los proyectos u obras públicas, como los procesos de planeación, licitación y ejecución de los mismos”.
Concluyó que esta decisión en la ejecución de obras y proyectos no sólo tiene impacto en el patrimonio público, sino también en la garantía de derechos y el acceso a servicios por lo que deben de ejecutarse de manera abierta, pública y respetando los procedimientos, reglas y requisitos previstos en los distintos marcos jurídicos, para lograr su utilidad, eficiencia y calidad, que respondan a los problemas públicos, en condiciones de igualdad.
Política
Senado aprueba reforma de nacionalidad única para candidatos a presidencias
El 7 de octubre de 2026, el pleno del Senado de la República aprobó la reforma constitucional que establece la nacionalidad única para los aspirantes a las gubernaturas y a la Presidencia de la República, tras recibir el respaldo de 22 congresos estatales. Esta reforma fue enviada al Diario Oficial de la Federación para su formal entrada en vigor, aunque su aplicación como criterio para las candidaturas se implementará por primera vez en el año 2028, y será obligatoria para las elecciones presidenciales de 2030.
Los congresos estatales que votaron a favor de esta reforma incluyen a Baja California, Campeche, Chiapas, Colima, Guerrero, Estado de México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Zacatecas y la Ciudad de México. Sin embargo, el Congreso del estado de Hidalgo no ha enviado su voto aprobatorio, a pesar de que la reforma fue aprobada desde el jueves de la semana pasada.
La nueva disposición constitucional establece que para ser Presidente de la República o gobernar una entidad federativa en México, es necesario ser ciudadano o ciudadana mexicana por nacimiento, estar en pleno goce de los derechos, ser hijo o hija de padre o madre mexicanos, no tener ni adquirir otra nacionalidad, y en caso de poseerla, renunciar a ella antes de solicitar el registro como candidato. Además, se requiere haber residido en el país durante al menos veinte años.
La reforma también prohíbe a quienes ejerzan el cargo adquirir o solicitar otra nacionalidad, así como invocar ante autoridades extranjeras una nacionalidad distinta de la mexicana. Esta prohibición incluye el uso de pasaportes o documentos de identidad expedidos por otros estados, el ejercicio de derechos políticos ante estas autoridades y el acogerse a la protección diplomática de otro país.
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