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México

Falta de dinero afecta a 43% de la población

El casi 15 por ciento de la población adulta en México perdió su trabajo o negocio en los últimos doce meses (entre julio de 2020 y julio de 2021) sin poder recuperarlo. Y la expectativa de no poder sufragar los gastos del mes afectó a 43.4 por ciento de estos ciudadanos, y 11.3 por ciento manifestó incertidumbre al respecto.

Así lo reveló la Encuesta Nacional de Bienestar Autorreportado (Enbiare) 2021, elaborada por el Inegi, y agrega que más de un tercio de la población tuvo que pedir prestado para sufragar el gasto corriente de su hogar en cualquiera de los siguientes rubros: despensa, renta o alquiler, agua, luz gas o teléfono, colegiaturas y medicamentos.

El trabajo, presentado en conferencia por el presidente del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), Julio Santaella Castell, subraya que el balance anímico alcanzó un promedio de 5.07 entre la población adulta en México en una escala de menos 10 a mas 10; donde las mujeres muestran en promedio menor balance anímico respecto a los hombres en todos los grupos de edad. La mayor brecha se observa entre hombres y mujeres de 30 a 44 años.

Colima, Sonora y Quintana Roo son las entidades con mejores balances anímicos de su población adulta mientras que en Oaxaca, Puebla y Tabasco presentan menores valoraciones en este indicador.

La proporción de población adulta con síntomas de depresión es de 15.4 por ciento , pero entre las mujeres alcanza 19.5 por ciento. La encuesta 2021 captó que 19.3 por ciento de la población adulta tiene síntomas de ansiedad severa, mientras otro 31.3 por ciento revela síntomas de ansiedad mínima o en algún grado.

Al finalizar la presentación, Santaella Castell pidió al presidente Andrés Manuel López Obrador definir si continuará en el encargo o será relevado en el Instituto para reducir la incertidumbre.

“Nos gustaría tener una definición que redujera la incertidumbre con la que están sujetas las instituciones. En la medida en que haya más información podemos comenzar a hacer planes para las situaciones que vengan”, comentó.

Para Santaella Castell el cargo como titular del Inegi concluye el próximo 31 de diciembre, tras seis años como presidente, pero se manifiesta dispuesto a continuar. Aunque dijo que tanto él como el Instituto serán respetuosos de la decisión que tome el presidente Andrés Manuel sobre su sustituto o su ratificación.

“De cualquier manera el Inegi y un servidor seremos respetuosos de las decisiones que tome el Ejecutivo federal”. También comentó que el nombramiento de su relevo o su ratificación le traerán mejores variables de bienestar subjetivo y su balance anímico.

“Manteniéndonos dentro del contexto y las variables que maneja el Enbiare lo que puedo comentar es que está aumentando mi ansiedad y disminuye mi bienestar subjetivo y mi balance anímico”, apuntó.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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