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México

Atacan a balazos a periodista; sale ileso

Un grupo armado atentó contra el periodista indígena zapoteco José Ignacio Santiago Martínez en la zona del Istmo de Tehuantepec, en Oaxaca, reportó la Secretaría de Seguridad Pública del estado (SSPO).

Caleb Ordoñez

De acuerdo con el reporte oficial, los agresores dispararon contra el comunicador desde un vehículo en movimiento. El ataque ocurrió en el municipio de Juchitán de Zaragoza.

El periodista estaba resguardo por policías, quienes repelieron los disparos y le brindaron protección, pues Santiago Martínez goza de medidas cautelares.

De acuerdo con la Secretaria de Seguridad, el comunicador cuenta con el Mecanismo Federal de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.

Los escoltas notaron que eran perseguidos por personas con armas largas a bordo de un taxi y, por ello, trataron de perderlas. Sin embargo, el grupo armado logró darles alcance y disparó contra el vehículo en donde viajaba el periodista.

José Ignacio Santiago Martínez, quien es fundador y director de Pluma Digital Noticias, resultó ileso y se encuentra a salvo.

De acuerdo con la carpeta de investigación, el periodista ya había sido agredido el 12 de enero de 2016, cuando fue atropellado y golpeado mientras conduciendo su motocicleta. Entonces, el comunicador resultó con los brazos rotos y varias heridas de consideración.

Además, en junio de 2021, difundió un video donde condenó la tardanza de los mecanismos de defensa federal para proteger a periodistas en riesgo, luego del asesinato del reportero Gustavo Sánchez Cabrera en la región del Istmo.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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