Conecta con nosotros

México

Muere joven que se arrojó de un taxi en Saltillo por temor a ser secuestrada

Tras las lesiones que sufrió el pasado jueves al arrojarse de un vehículo en movimiento, Vianey Alejandra Orsua Martínez, de 18 años, perdió la vida la mañana de este domingo en las instalaciones de la Clínica Dos del IMSS donde fue llevada el día del accidente.

Hasta el momento se desconocen las causas exactas del deceso, pues será por parte de la necropsia de ley que se determine esta situación por parte de las autoridades.

Por su parte, aún continúa detenido Gerardo, de 60 años, quien era el conductor del vehículo Nissan Tsuru con placas de circulación B 076 DAJ y número económico 3468-T, del cual la joven se arrojó.

El pasado sábado las autoridades ministeriales llevaron a cabo las investigaciones en el bulevar Misión Santa Lucía donde se pudieron constatar por medio de las autoridades que Vianey había abordado el vehículo en el sitio mencionado para acudir a su trabajo en Mi Plaza en la colonia Mirasierra.

El pasado jueves, la joven si dirigía a sus labores, pero según la madre de la misma, recibió una llamada de ella manifestándole que el taxista no se había detenido y no se quería regresar, por lo que le dijo que se bajara y ella asustada abrió la puerta y se aventó cuando circulaba por Fundadores en lo alto del puente de la colonia Zaragoza.

Según la versión de Gerardo, sólo escucho que la joven venía hablan si por celular y de pronto que la puerta se cerró y ya no la vio, diciéndole un colega taxista que se había bajado la joven, retornándose más adelante y regresó al lugar para saber qué ocurrió.

Personal de la Secretaría de Salud acudió para atender a Vianey, quien fue trasladada de urgencias a las instalaciones del nosocomio donde desafortunadamente se declaró sin vida la mañana de este domingo.

Las investigaciones continuarán para tratar de resolver este caso y aún se desconoce si la joven logró dar su versión de lo ocurrido a las autoridades quienes siguen realizando las diligencias en el caso.

México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

Continuar Leyendo
Publicidad
Publicidad
Publicidad

Más visto