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México

“La mujer propicia que le hagan daño”, afirma alcalde de Culiacán en taller de género a policías

La mujer misma propicia que le hagan daño, y no todo depende de la Policía Municipal que se ve involucrada en un hecho porque estuvo ausente, expresó el alcalde de Culiacán, Jesús Estrada Ferreiro.

En el evento de inauguración del taller para la Implementación de Unidades de Policías Municipal Especializadas de Género, el munícipe aseguró que la violencia de género es “casi imposible” erradicarla porque es connatural al ser humano.

“No se trata de victimizar a nadie, pero la mujer misma propicia que le hagan daño porque no hace caso a las recomendaciones”, manifestó.

La mujer que ha sufrido violencia familiar propicia el daño, insistió, porque sucumbe al llamado de la pareja que la atrae y ella accede con la intención de negociar o conciliar.

“Sale la mujer y el tipo con arma y todo, la asesina, y después el policía se ve involucrado en el hecho porque no estaba presente cuando ocurrió el hecho”, subrayó.

La prevención de la violencia de género no es nada más de las policías, agregó, porque estas no pueden estar de manera permanente en la casa de la persona afectada. Si se le asignara un agente a cada víctima de un delito, continuó, las corporaciones se quedarían sin policías.

El tema de la violencia de género no es nuevo porque ha existido de siempre, sostuvo, y aunque pareciera que hoy se agudizó no es así, sino que hoy se hace público y se mediatiza. Y aunque es casi imposible erradicarla porque es connatural al ser humano, dijo, se hará hasta donde sea posible con la capacitación de las policías municipales.

“Hace falta más, pues, que nosotros como autoridades capacitemos a la víctima, la aconsejemos de qué tienen o no hacer para que no corran riesgo. No todo depende del policía”, aseveró.

Aunque erradicar la violencia de género es “casi imposible”, aceptó, porque las generaciones van cambiando y porque esta es connatural al ser humano.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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