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México

Detienen a Amayrani Adilene, doctora que practicó la mini-lipo que llevó a la muerte a Paulina

La médico Amayrani Adilene “N”, a quien se le imputa la muerte de la joven estudiante universitaria, Lesly Paulina “N”, a quien que le practicó una mini Lipo en una clínica clandestina, por la que cobró 45 mil pesos, fue detenida en Culiacán y presentada ante un juez de control en audiencia inicial.

La víctima de la cirugía estética, que permaneció 21 días en el Hospital Regional número 1 del Instituto Mexicano del Seguro Social, falleció el día 3 de marzo a causa de las lesiones que presentó en el páncreas y perforaciones de intestinos. Semanas antes se había sometido a una cirugía estética para modelar su figura.

Sobre este caso, en el mes de febrero del 2022, la Secretaria de Salud del Estado validó que la doctora Amayrani Adilene “N” solo tenía una cedula profesional que la acreditaba como médico general, por lo que, al conocer el fallecimiento de la paciente, la supuesta clínica médica fue desmantelada.

De acuerdo a las investigaciones abiertas, la joven estudiante de la carrera de Derecho, Lesly Paulina, juntó la cantidad de 45 mil pesos para cubrir los gastos de la mini Lipo, dinero que les restituyó la doctora a su familia, al conocer que se había puesto muy grave y tuvo que ser internada de emergencia en un hospital.

La joven estudiante al segundo día de la cirugía estética presentó fuertes dolores, por lo que acudió con la doctora, la cual le extendió una receta para calmar los síntomas, pero en los siguientes días su estado de salud se complicó al presentar perforaciones en el páncreas y laceraciones en los intestinos.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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