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México

Luz Raquel escribió amenazas contra sí misma

El fiscal general del estado de Jalisco, Luis Joaquín Méndez Ruiz, informó sobre los avances de la investigación del caso de Luz Raquel Padilla, quien murió tras ser rociada por alcohol y fuego el pasado 16 de julio del presente año.

Autoridades jaliscienses dieron avances para determinar al responsable de hacer las pintas con amenazas en el edificio donde habitaba Luz Raquel, donde también residía un vecino con quien tenía conflicto, Sergio ‘N’, detenido bajo prisión preventiva por los delitos de lesiones, amenazas y delitos contra la integridad.

A través de estudios de grafoscopía realizados por el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, la Fiscalía de Jalisco determinó que Luz Raquel Padilla, la mujer que murió quemada viva en Zapopan el pasado 16 de julio, fue quien escribió las amenazas en su contra que se encontraban en las paredes de su edificio y que hizo públicas a través de sus redes sociales el 17 de mayo pasado.

Luis Joaquín Méndez Ruiz, indicó que este es sólo uno de los resultados de diversos estudios que se han solicitado al Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses. 

Luz Raquel escribió las amenazas: Fiscalía

En el mismo material, el director del Instituto, Gustavo Quezada Esparza, y la perito Quetzalli Meza, explicaron que la escritura de las pintas encontradas en las paredes del edificio en el que vivía Luz Raquel se comparó tanto con la escritura de Luz Raquel como con la de Sergio Ismael «N», principal sospechoso y quien se encuentra en prisión preventiva por lesiones y delitos contra la dignidad de las personas.

En el material, señalaron que al analizar los trazos de las letras «a», «e», «q» y «T», y tras la comparación, se puede determinar que la escritura de las amenazas contra Luz Raquel localizadas en las paredes de su edificio corresponde con la escritura de ella misma y no con la de Sergio Ismael «N». 

El fiscal señaló que siguen en espera de la respuesta de la FGR y de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana a la solicitud de asistencia técnica que se les hizo a finales de julio.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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