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Chihuahua

Disfrutan de un ambiente seguro asistentes al XXIV Festival Internacional de la Manzana

Con motivo de la celebración del XXIV Festival Internacional de la Manzana, la Secretaría de Seguridad Pública del Estado implementó un operativo especial para garantizar la seguridad de las y los asistentes.

El evento que se lleva a cabo del 19 al 22 de septiembre, cuenta con una serie de medidas preventivas destinadas a evitar cualquier tipo de incidente.

Algunas de las acciones incluyen el despliegue de policías de proximidad, acompañados por un ejemplar canino especializado en labores de seguridad, así como pilotos de aeronave no tripulada o drones y un antidron, para monitoreo aéreo.

Además fue colocada en el municipio una unidad del Escorpión Centinela, para reforzar la vigilancia de las diferentes actividades desde los Centros de Mando C7-iA del estado.

El operativo forma parte de las acciones coordinadas entre los diversos órdenes de gobierno y en él participan la SEDENA, Guardia Nacional y la Fiscalía General del Estado (FGE).

La SSPE reitera el compromiso para mantener un ambiente seguro y garantizar el éxito del festival que celebra la riqueza agrícola y cultural del estado de Chihuahua.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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