Diversas organizaciones civiles advirtieron que la reciente reforma al Código Fiscal Federal, que permite al Servicio de Administración Tributaria (SAT) acceder en tiempo real a las bases de datos de plataformas digitales como Netflix o Tinder, representa una amenaza directa a la privacidad de los usuarios y podría derivar en mecanismos de censura.
El dictamen, aprobado el jueves por la Cámara de Diputados, modifica el artículo 30-B del Código Fiscal Federal y faculta al SAT para ingresar de forma permanente a los sistemas de las plataformas con el fin de verificar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. En caso de negativa por parte de las empresas, las autoridades podrán ordenar el bloqueo temporal del servicio digital en territorio nacional.
Organizaciones defensoras de derechos digitales, entre ellas Artículo 19, la Asociación de Internet de México (AIMX) y la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), coincidieron en que esta disposición carece de garantías procesales y abre la puerta a una vigilancia desproporcionada. Artículo 19 calificó la medida como una “interferencia descontrolada en el derecho a la privacidad”, al eliminar protecciones jurídicas en materia de datos personales.
La AIMX señaló que la reforma vulnera el artículo 16 de la Constitución, que protege las comunicaciones privadas, y advirtió que “México corre el riesgo de seguir el camino de países autoritarios”. La asociación alertó además que la medida podría afectar la economía digital al incrementar los riesgos de ciberseguridad y minar la confianza en las instituciones gubernamentales.
Por su parte, la R3D sostuvo que la sanción contemplada —el bloqueo de plataformas digitales— constituye una forma de censura indirecta, al restringir el acceso a servicios que millones de personas utilizan para informarse, expresarse o comunicarse. “El bloqueo es incompatible con la libertad de expresión y puede derivar en una ‘muerte digital’ para empresas y usuarios”, advirtió la organización.
Las asociaciones coincidieron en que, aunque el propósito de mejorar la recaudación fiscal es legítimo, el mecanismo aprobado es excesivo y vulnera derechos fundamentales. Advirtieron que cualquier política de supervisión debe ser proporcional, transparente y centrada en la protección de las personas, no en la vigilancia permanente del entorno digital.