Ciudad de México.– La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró sin materia una contradicción de criterios al aplicar por primera vez la nueva redacción de la Ley de Amparo, aprobada recientemente por Morena y sus aliados en el Congreso.
Con siete votos a favor, el pleno avaló el proyecto modificado de la ministra Yasmín Esquivel Mossa, relacionado con impedimentos planteados en trámites accesorios dentro de juicios de amparo, como reclamaciones, quejas, recusaciones o medidas cautelares.
Inicialmente, Esquivel había propuesto reconocer la contradicción entre criterios de las extintas salas de la Corte. Sin embargo, durante la sesión del pleno, planteó que el asunto quedaba sin materia al considerar la entrada en vigor del nuevo artículo 59, el cual establece que las recusaciones deben desecharse cuando se interpongan para evitar que un juzgador conozca de cuestiones accesorias.
El ministro Giovanni Figueroa Mejía fue el único en votar en contra, al argumentar que el caso debía resolverse de fondo para fijar un criterio jurisprudencial aplicable a los impedimentos presentados antes de que entrara en vigor la reforma, el pasado 17 de octubre.
La decisión marca la primera aplicación práctica de la polémica reforma a la Ley de Amparo, cuestionada por juristas y organizaciones civiles por limitar la figura de la suspensión y abrir la puerta a posibles violaciones a derechos fundamentales.