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Podrían ciudadanos promover acciones de inconstitucionalidad

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Acuerda el Congreso del Estado promover una iniciativa con carácter de Proyecto de Decreto ante el Congreso de la Unión, presentada por el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional para reformar el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que los ciudadanos en lo individual puedan promover acciones de inconstitucionalidad.

Los integrantes de la Comisión Primera de Gobernación y Puntos Constitucionales coincidieron con los diputados del GPPAN en que nuestro país debe explorar otras formas de participación ciudadana en los que se empodere a la población y que esta pueda por sí sola, sin la necesidad de hacerlo por medio de los representantes que establece el Artículo 105 Constitucional, interponer una Acción de Inconstitucionalidad.

En la iniciativa presentada por los legisladores panistas, se expuso que en América Latina, se ha legitimado al ciudadano para instaurar acciones de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional o sala de constitucionalidad, según el caso, así sucede en Colombia, El Salvador, Nicaragua, Ecuador, que prevén desde el año 2008 la posibilidad de que cualquier ciudadano o ciudadana, de manera individual o colectiva, pueda instaurar este tipo de acción; en Bolivia desde el 2009 se amplía la posibilidad de demandar cualquier norma a toda persona individual o colectiva. En Venezuela y Panamá se reconoce legitimación a cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera o incluso, que no tenga la edad necesaria para ejercer sus derechos políticos.

En nuestro país, según explica la propuesta, en las reformas constitucionales de 1996 y del 2006, se amplió el beneficio de promover estas acciones para las dirigencias de los partidos políticos nacionales o estatales en contra de leyes electorales y para la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Pero, las reformas excluyeron a los ciudadanos, por lo que la promoción de la Acción de Inconstitucionalidad sigue restringida a ciertos órganos del Estado.

El coordinador del GPPAN, Héctor Ortiz Orpinel, afirmó que “el hecho de que una acción de inconstitucionalidad pueda ser interpuesta por un ciudadano, significa que puede interponerla cualquier diputado, cualquier académico, representante social, estudiante, etcétera, inclusive abre la posibilidad para facultar a personajes que ya los tratadistas han propuesto: el ombudsman mexicano, al Instituto de Investigaciones Jurídicas, o al Instituto Federal Electoral. Es decir, su significado político incrementa los derechos ciudadanos convirtiéndola en una acción más democrática”.

Finalmente, el Legislativo local aprobó por unanimidad presentar la iniciativa de Decreto ante el Congreso de la Unión de la siguiente manera:

ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforma el inciso a) y se derogan los incisos b) al g), todos de la fracción II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar redactados de la siguiente manera:

Artículo 105.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes:

I …

II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta Constitución.

Las acciones de inconstitucionalidad podrán ejercitarse, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de publicación de la norma, por:

a) Cualquier ciudadano o ciudadana en lo particular, sin necesidad de que acredite interés jurídico o agravio personal y directo;

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Georgina Ledezma vende pulseras hechas a mano. Alumna del CAM 7507

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Alumna del CAM 7507 del grupo de proyectos productivos, Georgina Kanakoqui Ledezma de 18 años de edad, joven alegre, entusiasta y trabajadora, con grandes habilidades para estar en un ambiente de trabajo, solicita el apoyo de la comunidad en general para que adquieran pulseras elaboradas con sus propias manos.

 


Bajo la asesoría y acompañamiento de la maestra Gabriela Rivero, en cuyas clases se desarrollan habilidades laborales con la finalidad de auto emplearse y/o realizar prácticas en ambientes reales, fue donde se gestó este emprendedurismo por parte de Georgina en la que de realizarlas como pasatiempo surgió la idea de ponerlas a la venta para generar sus propios ingresos como incentivo además, para que ella se sienta autónoma y feliz ya que debido a su delicada situación de salud no puede ejercer dentro de una empresa.
Este caso de éxito en la elaboración y convencimiento de producir artículos para su venta forma parte de los objetivos de nivel de formación para la vida adulta del CAM 7507 donde las maestras Ivone Santiago y Lydia Stirk del grupo de prácticas Laborales dan seguimiento puntual a todo su estudiantado.
Las pulseras de la joven Kanakoqui Ledezma estarán en venta en el restaurante “MAYÓLICA” ubicado en Blvd. Antonio Ortiz Mena 2033 Colonia Campestre-Lomas con un costo de $30 pesos.

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