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Opinión

Reforma Educativa por Jaime Fong Ríos

Como es sabido, el pasado 10 de diciembre el titular del ejecutivo federal envió a San Lázaro, iniciativa de reforma a los artículos 3° y 73° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Educación.

Esta importante reforma se centra en la modificación y mejoramiento de una de las materias mas importantes para el desarrollo de México y de los mexicanos.

¿Pero qué es lo que contiene la Reforma Educativa?, Bueno les platico que dentro de los cambios que habrán de realizarse están: La creación de un Servicio Profesional de Carrera Docente, evaluación de la calidad con la que los maestros imparten sus clases, a través de la creación del Sistema Nacional de Evaluación Educativa y la participación de los padres de familia dentro de los planes y programas de estudio para la educación básica y media superior.

En el primer tema, en palabras practicas es: Que los maestros puedan ir ascendiendo de puesto, mediante concursos de oposición, con base en su preparación y sus conocimientos, que como normalistas adquirieron en sus estudios y no como sucede en la actualidad donde solamente aquellos beneficiados por el gremio pueden llegar más arriba.

Del segundo, es que las evaluaciones que se les harán a los maestros, sean realizadas por medio de un organismo público autónomo, tipo Instituto Federal Electoral (IFE), donde la junta de gobierno será propuesta por el Ejecutivo Federal, pero tendrá que ratificarla el senado de la republica. Con ello se evita que metan mano en las evaluaciones las partes involucradas, llámese el gremio o la secretaria de educación.

Y algo muy importante, para mi punto de vista, es que los padres de familia podrán tomar parte dentro de la planeación de los planes educativos para la educación básica y media superior.

Al día de hoy, 20 legislaturas de los estados han aprobado dicha reforma, por lo que a más tardar en un mes, el Ejecutivo Federal estará promulgando y publicando dicha reforma y con ello será Reforma Constitucional.

Recuerdo un comentario de una amiga que es maestra: “Sin el gremio nunca podre llegar más allá del salón de clases” – Ahora le digo: Entre más preparada estés para ser más que una maestra frente a grupo, podrás llegar a donde te propongas.

El gremio no es malo, simplemente que no es parejo con todos. – ¿O usted qué opina?

Al tiempo, tiempo.

Nos leemos la próxima semana.

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Twitter: @jafong

Jaime Agustín Fong Ríos, es oriundo de Ciudad Cuauhtémoc, Chihuahua, egresado de la Licenciatura en Derecho por la Universidad Autónoma de Chihuahua, ha trabajado como asesor de comisiones legislativas en el Congreso del Estado de Chihuahua y actualmente labora en la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

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Opinión

La semilla. Por Raúl Saucedo

Libertad Dogmática

El 4 de diciembre de 1860 marcó un hito en la historia de México, un parteaguas en la relación entre el Estado Mexicano y la Iglesia. En medio de la de la “Guerra de Reforma», el gobierno liberal de Benito Juárez, refugiado en Veracruz, promulgó la Ley de Libertad de Cultos. Esta ley, piedra angular del Estado laico mexicano, estableció la libertad de conciencia y el derecho de cada individuo a practicar la religión de su elección sin interferencia del gobierno.

En aquel entonces, la Iglesia Católica ejercía un poder absoluto en la vida política y social del país. La Ley de Libertad de Cultos, junto con otras Leyes de Reforma, buscaba romper con ese dominio, arrebatándole privilegios y limitando su influencia en la esfera pública. No se trataba de un ataque a la religión en sí, sino de un esfuerzo por garantizar la libertad individual y la igualdad ante la ley, sin importar las creencias religiosas.
Esta ley pionera sentó las bases para la construcción de un México moderno y plural. Reconoció que la fe es un asunto privado y que el Estado no debe imponer una creencia particular. Se abrió así el camino para la tolerancia religiosa y la convivencia pacífica entre personas de diferentes confesiones.
El camino hacia la plena libertad religiosa en México ha sido largo y sinuoso. A pesar de los avances logrados en el lejano 1860, la Iglesia Católica mantuvo una fuerte influencia en la sociedad mexicana durante gran parte del siglo XX. Las tensiones entre el Estado y la Iglesia persistieron, y la aplicación de la Ley de Libertad de Cultos no siempre fue consistente.
Fue hasta la reforma constitucional de 1992 que se consolidó el Estado laico en México. Se reconoció plenamente la personalidad jurídica de las iglesias, se les otorgó el derecho a poseer bienes y se les permitió participar en la educación, aunque con ciertas restricciones. Estas modificaciones, lejos de debilitar la laicidad, la fortalecieron al establecer un marco legal claro para la relación entre el Estado y las iglesias.
Hoy en día, México es un país diverso en materia religiosa. Si bien la mayoría de la población se identifica como católica, existen importantes minorías que profesan otras religiones, como el protestantismo, el judaísmo, el islam y diversas creencias indígenas. La Ley de Libertad de Cultos, en su versión actual, garantiza el derecho de todos estos grupos a practicar su fe sin temor a la persecución o la discriminación.
No obstante, aún persisten desafíos en la construcción de una sociedad plenamente tolerante en materia religiosa. La discriminación y la intolerancia siguen presentes en algunos sectores de la sociedad, y es necesario seguir trabajando para garantizar que la libertad religiosa sea una realidad para todos los mexicanos.

La Ley de Libertad de Cultos de 1860 fue un paso fundamental en la construcción de un México más justo y libre. A 163 años de su promulgación, su legado sigue vigente y nos recuerda la importancia de defender la libertad de conciencia y la tolerancia religiosa como pilares de una sociedad democrática y plural.
Es importante recordar que la libertad religiosa no es un derecho absoluto. Existen límites establecidos por la ley para proteger los derechos de terceros y el orden público. Por ejemplo, ninguna religión puede promover la violencia, la discriminación o la comisión de delitos.
El deseo de escribir esta columna más allá de conmemorar la fecha, me viene a deseo dado que este último mes del año y sus fechas finales serán el marco de celebraciones espirituales en donde la mayoría de la población tendrá una fecha en particular, pero usted apreciable lector a sabiendas de esta ley en mención, sepa que es libre de conmemorar esa fecha a conciencia espiritual y Libertad Dogmática.

@Raul_Saucedo
rsaucedo@uach.mx

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