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APRUEBA IFE LINEAMIENTOS PARA PROMOCION DEL VOTO POR ASOCIACIONES CIVILES

Con el objetivo de regular las disposiciones de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua en materia de promoción del voto por parte de organizaciones ciudadanas, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua aprobó los lineamientos de aplicación general para todas aquellas organizaciones que promuevan la participación ciudadana dentro del territorio estatal durante el proceso electoral 2013, las cuales deben sujetarse a las siguientes reglas:

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Con el objetivo de regular las disposiciones de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua en materia de promoción del voto por parte de organizaciones ciudadanas, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua aprobó los lineamientos de aplicación general para todas aquellas organizaciones que promuevan la participación ciudadana dentro del territorio estatal durante el proceso electoral 2013, las cuales deben sujetarse a las siguientes reglas:

a)   La promoción del voto tendrá como finalidad, fomentar la participación ciudadana en los procesos que requieren consulta pública, así como fortalecer los valores, prácticas e instituciones de democracia.

b)   La promoción del voto deberá ser imparcial, es decir, no deberá incidir preferencia electorales de los ciudadanos, ni generar confusión, presión o coacción en los electores o afectar la equidad en la competencia electoral

c)   La promoción del voto deberá respetar en todo momento las características que, por ley, tiene el sufragio las cuales son: universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.

Será el Consejero Presidente del Instituto Estatal Electoral quien emitirá durante el mes de enero, la convocatoria para la inscripción de aquellas organizaciones interesadas en la promoción del voto, quienes deberán presentar invariablemente dentro de su solicitud:

a)   Un proyecto de trabajo, el cual deberá contener la estructura de la organización, líneas de acción, fines, grupo objetivo, material de difusión a utilizar y la descripción de los insumos necesarios para el desarrollo del mismo.

b)   Copia simple del acta constitutiva y/o documento legal que certifique su formación e integración.

c)   Representante con quien habrán de entenderse las notificaciones pertinentes.

d)   Domicilio y correo electrónico para efectos de notificación.

Una vez que se publique la convocatoria, se darán a conocer los plazos para el envío de solicitudes y el método para la aprobación de las mismas, el cual queda a cargo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral quien es el órgano competente para aprobar las solicitudes de mérito, para lo cual se verificará que las organizaciones solicitantes cumplan, sin excepción con los requisitos y bases de la convocatoria.

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Marzo será el mes de las mujeres en el Estado de Chihuahua

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Las mujeres han sido clave en el desarrollo social, cultural, económico y político del Estado, pero continúan enfrentando desigualdad, discriminación y violencia que restringen el pleno ejercicio de sus derechos, por ello, el Congreso del Estado declaró el mes de marzo como “Mes de las Mujeres”, acto que representa una acción afirmativa que busca fortalecer la participación social e institucional en torno a los derechos humanos de las mujeres.

Fue la diputada Irlanda Márquez Nolasco presidente de la Comisión de Igualdad dio lectura al dictamen correspondiente, en el cual se detalla que la ONU ha establecido como objetivo número 5 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible “Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y niñas”, por ello la necesidad de fortalecer las acciones necesarias.

El 8 de marzo de cada año, es reconocido a nivel mundial como el Día Internacional de la Mujer, fue en el año de 1975 establecido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), como una fecha conmemorativa para reconocer su igualdad, justicia y participación plena en la sociedad, a esta conmemoración se unen las mujeres de todos los continentes; por ello, Chihuahua refuerza las acciones con la declaratoria, a fin de convertir al mes citado, en un periodo dedicado a acercar la historia, la cultura y las diversas realidades de las mujeres a la sociedad.

Es importante destacar que, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la CEDAW y la Convención de Belém do Pará; así como la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Ley de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Chihuahua y la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, establecen la responsabilidad del Estado para impulsar políticas públicas, acciones de capacitación y programas de sensibilización dirigidos a eliminar la violencia y garantizar la igualdad sustantiva.

Cabe destacar que la iniciativa que dio origen a esta declaratoria, fue presentada por la diputada América Aguilar Gil.

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