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México

Alerta volcánica del Popocatépetl se mantiene en fase 3

El Centro Nacional de Prevención de Desastres (Cenapred) informó en su reporte más reciente, que a pesar de que el volcán Popocatépetl continúa en alerta color amarillo fase 3, su actividad va en descenso.

El organismo de la Secretaría de Gobernación (Segob) detalló que después del tren de exhalaciones registrado ayer en la tarde, entre las 13:30 y las 22:00 horas, durante las últimas ocho horas la actividad sísmica del volcán decreció.

En su reporte de las 7:00 horas de este martes el Cenapred reportó que el volcán ha tenido ocho exhalaciones de baja intensidad, acompañadas por una pluma de vapor de agua y gas y de pequeñas a moderadas cantidades de ceniza.

Indicó que las emisiones de mayor importancia ocurrieron ayer a las 23:11 horas y esta madrugada a las 05:07 y 06:38 horas.

Adicionalmente se han registrado segmentos de tremor armónico de muy baja amplitud, a partir de las 02:38 horas de este martes, que han sumado un total de 40 minutos.

El organismo señaló que el volcán ha permanecido despejado durante la noche y hasta el momento se puede observar con incandescencia moderada que alcanza una altura máxima de 300 metros y una pluma constante de vapor de agua y gases.

En ese sentido el nivel de alerta volcánica se mantiene en color amarillo fase 3, lo que implica la probabilidad de actividad explosiva de escala intermedia a alta, crecimiento de domos y posible expulsión de lava; explosiones de intensidad creciente y lluvias de ceniza notorias sobre poblaciones cercanas.

Ante ello el Cenapred solicitó continuar con el radio de seguridad de 12 kilómetros, por lo que la permanencia en esa área no está permitida y se mantiene el tránsito controlado entre Santiago Xalitzintla y San Pedro Nexapa, vía Paso de Cortés.

Llamó a las autoridades de Protección Civil, mantener sus procedimientos preventivos, de acuerdo con sus planes operativos y a la población a estar atenta a la información oficial que se difunda.

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México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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