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México

En operativos federales, liberadas 23 víctimas de secuestro

Vocero del Gabinete de Seguridad Nacional: Fueron detenidos 49 presuntos delincuentes que operaban en nueve estados del país.

El vocero del Gabinete de Seguridad Nacional, Precisó que en esos operativos fueron detenidos 49 presuntos delincuentes que operaban en nueve estados del país.

México.- El vocero del Gabinete de Seguridad Nacional, Eduardo Sánchez Hernández anunció que fueron liberadas 23 personas víctimas de secuestro en 16 distintas acciones.
Precisó que en esos operativos fueron detenidos 49 presuntos delincuentes que operaban en nueve estados del país.

En rueda de prensa, el también subsecretario de Normatividad de Medios de la Secretaría de Gobernación (Segob) dijo que, de acuerdo con información de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y Policía Federal, los detenidos fueron consignados ante las autoridades ministeriales correspondientes.

El funcionario de la Segob, destacó que los dos primeros casos se registraron en el municipio de Fresnillo, Zacatecas, donde fueron protegidas cuatro personas y se detuvieron a ocho presuntos responsables, uno de ellos de nacionalidad guatemalteca, eventos donde se aseguraron además armas largas, cortas y municiones de diversos calibres.

El tercer caso, se registró en el municipio de Guadalupe, Zacatecas, donde se liberó a una víctima que estaba privada de su libertad y se detuvo a un adulto armado presuntamente responsable del delito de secuestro y a tres mujeres menores de edad que aparentemente pertenecían a una banda de secuestradores.

Asimismo se informó que otros cuatro casos se registraron en el estado de Tamaulipas, donde en los últimos días se rescataron a siete personas y se capturaron a cinco presuntos delincuentes.

El funcionario de la Segob, señaló que otros dos casos fueron en Baja California, donde se liberaron a cinco personas, entre ellas cuatro migrantes y se aprehendieron a cinco personas.

En el estado de Veracruz, fue el décimo caso, donde se protegió a una mujer de 18 años de edad, y se detuvo a su presunto secuestrador.

En el Estado de México hubo dos casos más, en uno de ellos se liberó a dos víctimas y se capturó a seis presuntos responsables vinculados con 24 plagios, quienes se distinguían por su crueldad para con las víctimas; en el siguiente caso, se liberó a una persona y se detuvo a tres más, una menor de edad y una secuestradora resultó muerta.

El operativo número 13 se suscitó en el estado de Nuevo León, donde se protegió a una víctima y dos presuntos secuestradores fueron arrestados y el número 14 se realizó en el estado de Hidalgo, donde fue liberada una víctima menor de edad y se detuvo a seis plagiaros.

Los dos últimos casos, se realizaron en las entidades de Michoacán, donde se liberó a una víctima y se detuvo a tres presuntos responsables y en Guerrero, donde se detuvieron a cuatro presuntos plagiarios y se liberó a una persona que estaba secuestrada.

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México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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