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Condena México decisión de EU de no presentar cargos por asesinato de mexicano en frontera

Expresa el Gobierno de México su más enérgico rechazo a la decisión anunciada por el Departamento de Justicia de Estados Unidos de no presentar cargos penales en contra del agente de la Patrulla Fronteriza que realizó el disparo que ocasionó la muerte del menor mexicano Sergio Adrián Hernández Güereca, en un incidente que tuvo lugar en la línea fronteriza de Ciudad Juárez.

El Gobierno de México, a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, expresó su

más enérgico rechazo a la decisión anunciada por el Departamento de Justicia de Estados Unidos de no presentar cargos penales en contra del agente de la Patrulla Fronteriza que realizó el disparo que ocasionó la muerte del menor mexicano Sergio Adrián Hernández Güereca, en un incidente que tuvo lugar el 7 de junio de 2010 en la línea fronteriza de Ciudad Juárez.

Ante esta decisión, nuestro país presentó una nueva nota diplomática de protesta al Gobierno de Estados Unidos, subrayando la gravedad de que este lamentable caso no vaya a ser llevado a juicio.

Destaco, en este sentido, que se analizarán detalladamente los términos de la determinación estadounidense a fin de proceder por vías adicionales en los ámbitos bilateral y multilateral, además de que hará uso de todos los instrumentos diplomáticos y jurídicos internacionales a su alcance.

La SRE recordó que en enero de 2011 se presentó una solicitud de detención provisional con fines de extradición en contra del agente involucrado, misma que fue denegada hoy con base en la decisión anunciada.

Se?aló que esa determinación no significa que el caso abierto por las autoridades mexicanas esté concluido y afirmó que continúan vigentes los reclamos que los familiares del menor han presentado por la vía civil ante tribunales estadounidenses, contando para ello con la asistencia jurídica y consular necesaria.

El Gobierno de México reiteró que sólo la acción conjunta y coordinada en ambos lados de la frontera elevará las condiciones de seguridad y el bienestar de las comunidades fronterizas, con pleno respeto a los derechos fundamentales de los habitantes de los dos países.

Informó además que redoblará sus esfuerzos para instrumentar cabalmente estas iniciativas bilaterales y reiteró su enérgico llamado al Gobierno de Estados Unidos para actuar en el mismo sentido.

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México

¡Fondo de Pensiones para el Bienestar! Requisitos para recibir $16,777 al mes

Tal vez durante los últimos días hayas escuchado muchas opiniones acerca de la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuya aprobación en el Congreso y posteriormente en el Senado, generó mucho «ruido mediático», en especial por la toma de recursos de las Afores inactivas. Más allá de eso, te decimos cómo funciona y los requisitos para ser beneficiario.

De acuerdo a la información oficial, la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar se dio Con la meta de fortalecer la seguridad financiera de los trabajadores mexicanos al jubilarse. Se trata de un fideicomiso público destinado a complementar las pensiones otorgadas por los institutos de seguridad social del país, incluyendo el IMSS, Infonavit e ISSSTE. 

¿Quiénes recibirán dinero del Fondo de Pensiones para el Bienestar?

La iniciativa busca garantizar que las pensiones sean equivalentes al último salario percibido por el trabajador, siempre y cuando este no supere el límite de 16,777.78 pesos al mes.

Para ser elegibles para este complemento, los trabajadores deben retirarse a la edad de 65 años, haber cotizado en el sistema Afore desde julio de 1997 en el caso del IMSS, y desde abril de 2007 en el caso del ISSSTE. Además, la pensión no debe exceder el límite mencionado anteriormente.

Es importante destacar que este tope se determinó en base al salario promedio de cotización en el IMSS en 2023 y se ajustará anualmente según la tasa de inflación.

Asimismo, según lo aprobado, se priorizará a los trabajadores que comenzaron su cotización a partir de julio de 1997 y alcancen los 65 años de edad.

Polémicas sobre el Fondo de Pensiones para el Bienestar:

Una de las medidas más controvertidas, que ha generado rechazo por parte de la oposición, es la decisión de concentrar los recursos de los trabajadores en este fondo. 

Estos fondos provienen de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de trabajadores del sector privado que no hayan sido reclamados a los 70 años, así como de los recursos cotizados por trabajadores del sector público al ISSSTE que no se hayan requerido a los 75 años.

Con las reformas, las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y PENSIONISSSTE están obligadas a realizar transferencias automáticas al Fondo de Pensiones para el Bienestar, sin necesidad de una resolución judicial, una vez que los trabajadores alcancen la edad indicada.

Además, Infonavit y FOVISSSTE deben notificar a los trabajadores un año antes de transferir sus recursos al fondo, a los 70 y 75 años respectivamente.

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