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Chihuahua

Acredita Protección Civil a 23 instructores de la Cruz Roja

La Coordinación Estatal de Protección Civil acreditó a los primeros 23 de 44 instructores de la Cruz Roja de Chihuahua en materia de Primeros Auxilios, Combate de Incendios, Búsqueda y Rescate, Rescate Vertical así como Evacuación y Simulacro.

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La Coordinación Estatal de Protección Civil acreditó a los primeros 23 de 44 instructores de la Cruz Roja de Chihuahua en materia de Primeros Auxilios, Combate de Incendios, Búsqueda y Rescate, Rescate Vertical así como Evacuación y Simulacro.

Con lo anterior y a fin de ofrecer un servicio de calidad a la comunidad, se cumple con los artículos 101 y 102 del reglamento de la ley de Protección Civil en el estado de Chihuahua, los cuales establecen que las entidades de capacitación y consultoría en materia de protección civil, incluyendo instructores y consultores independientes, deberán solicitar y obtener su registro ante la Coordinación Estatal de Protección Civil.

La primera etapa de acreditación ha concluido y en los próximos días habrán de cumplir con el reglamento otros 21 instructores de la benemérita institución.

Los artículos 101 y 102 del reglamento de la ley de Protección Civil en el estado de Chihuahua, establecen además los requisitos que instructores y consultores independientes deben presentar:

1. Currículum Vitae

2. Constancias o certificados que acrediten su preparación en la materia, emitidos por institución educativa de nivel técnico o superior;

3. Certificado de curso de formación de instructores o comprobar una experiencia mínima de tres años como docente en
una institución educativa de nivel medio superior, técnico o superior.

4. Acreditar alguno de los requisitos siguientes: aprobar curso en la materia, aplicado y evaluado por instructores del organismo estatal de adiestramiento especializado: aprobar examen de conocimientos en la materia, aplicado y evaluado por instructores del organismo estatal de adiestramiento especializado o presentar certificado de acreditación en la materia emitido por organismo nacional de normalización de competencia laboral.

5. Carta descriptiva del curso o cursos a impartir, incluyendo desglose de temas, duración del curso y método para evaluación de aprovechamiento.

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Chihuahua

Inicia temporada de caza deportiva en el estado de Chihuahua

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– La actividad es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE) anunció el inicio de la temporada de caza deportiva, en predios o ranchos registrados como Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA).

La actividad, también conocida como “turismo cinegético”, es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre para contribuir a la conservación de la fauna silvestre a través del aprovechamiento sustentable e impulsar el desarrollo económico en el sector rural.

Este ejercicio asentado legalmente en el territorio desde 1952, además promueve una reproducción y mejora en la genética, contribuye a la conservación de la fauna y proporciona experiencias a los cazadores

Desde 2005 se cuenta con un convenio de asunción de funciones en materia de vida silvestre, firmado con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), mediante el cual se descentralizaron 20 trámites que anteriormente atendía el Gobierno Federal.

Entre esos trámites se encuentra la solicitud de “Autorización de Aprovechamiento Extractivo de Ejemplares, Partes o Derivados”, actividad sustentada en el la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, misma que lo maneja y aplica como Aprovechamiento Extractivo.

Las especies de valor cinegético que se permite aprovechar en Chihuahua son: venado cola blanca, venado bura, coyote, puma o león de montaña, pecarí de collar, conejo, liebre, codorniz, guajolote silvestre, palomas, aves acuáticas migratorias como gansos, patos, gallaretas y grulla gris, además del jabalí europeo y borrego berberisco.

Para ser avalado el aprovechamiento, el interesado debe cumplir con requisitos precisos con base en el Reglamento de la Ley, que incluyen el contar con un predio registrado como UMA y tener un Plan de Manejo elaborado por un responsable técnico registrado, ante la Dirección General de Vida Silvestre.

En dicho Plan debe señalar qué especies va a aprovechar, solicitar la tasa de aprovechamiento con base en un censo de población de las especies de interés y que estas sean silvestres que se distribuyen de manera natural en el país.

Los interesados deben demostrar que las tasas solicitadas sean menores a la de renovación natural de las poblaciones sujetas a aprovechamiento, en el caso de ejemplares de especies silvestres en vida libre y que no tendrá efectos negativos sobre las poblaciones.

De acuerdo con el número de ejemplares autorizados, se realiza el pago de derechos en Recaudación de Rentas por el concepto de “cintillos de cobro cinegético”, que se fijará al animal aprovechado.

El “cintillo” es un sistema de marca foliado que contiene los datos de la UMA, número de registro, especie autorizada, número de posesión, municipio donde se ubica la UMA y temporada de aprovechamiento, para acreditar su legal procedencia.

A la fecha se cuenta con aproximadamente 250 UMA activas en la entidad, algunas de ellas brindan servicios cinegéticos desde el transporte aeropuertos- ranchos, cocineros, hospedaje, guías, trofeos y los trámites de exportación de las especies.

En el caso de la especie de Borrego Cimarrón, se cuenta con un Programa del Gobierno del Estado que se lleva a cabo en convenios con algunas UMA, con la finalidad de asegurar la correcta conservación y manejo de estos ejemplares.

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