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Chihuahua

Alerta, envían vídeos pornográficos a facebook que son virus

La Fiscalìa General del Estado a través de la Unidad Estatal de Delitos Electrònicos e Informàticos alerta a los usuarios de internet sobre un virus Malware que se instala principalmente en las cuentas de la red social Facebook y en los equipos o dispositivos móviles.

Esta es una actividad de ingeniería social en busca de robo de información y de propagación viral del virus malware, para realizar acciones no deseadas o permitidas en tu nombre. Se instala al dar click o permitir la supuesta descarga de un plug in de actualización del programa Flash Player, una herramienta para la reproducción de video.

Este programa malicioso etiqueta automáticamente a contactos de Facebook posterior a que el usuario intenta ver un video publicado por algún amigo.

La propagación de este virus se da toda vez que en tu muro o alguna publicación de Facebook apareces etiquetado en un video y eres invitado a verlo. Una característica será que dicho material audiovisual lleva por nombre el de la persona que se supone lo envió, lo que genera confianza en el usuario, aunado a que la instalación del plug in de Flash Player parece inofensiva.

Asimismo, puede llevar una dirección de página de internet que incluye el subdominio:
commondatastorage.googleapis.com

Una vez que el usuario permite el acceso para la instalación del plug in, en automático el virus descargará archivos infectados en el equipo o dispositivo, además etiquetará a contactos o amigos, propagando de este modo la difusión de contenido pornográfico en muros ajenos e infectados.

Cuando el programa malicioso se instala en la cuenta del usuario, se modifica la barra de herramientas de la parte superior y queda oculta la opción de configuración que permite cerrar sesión y modificar los ajustes de privacidad.

Por lo que las recomendaciones de la FGE son:
Actualizar el antivirus en equipos y dispositivos móviles

Evitar abrir links o videos con dudoso contenido

Configurar la privacidad y mantener contraseñas fuertes, mezclando caracteres y mayúsuculas con minúsulas, números, entre otros

No descargar material desconocido o en nombre de otra persona

Mantener contacto con el (la) amigo(a) previamente a abrir el material para cerciorarse de que realmente haya sido enviado por la persona en cuestión

Acercarse a la UDEI en caso de presentar problemas con este virus, se puede tener contacto directo a través de la página fiscalía.chihuahua.gob.mx/delitoselectronicos ó al correo delitoselectronicos@chihuahua.gob.mx , por medio del Facebook oficial de UDEI o reportando a Denuncia Anónima al 089. Todos estos medios disponibles las 24 horas del día, los 365 días del año.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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