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Alerta sobre página que ofrece borrar historial del Buró de Crédito

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), emite una alerta por la existencia de la página web http://salirdelburorapido.webnode.mx/ que engaña a las personas al ofrecer borrarlas del “Buró de Crédito” en un promedio de 10 a 24 horas.

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La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), emite una alerta por la existencia de la página web http://salirdelburorapido.webnode.mx/ que engaña a las personas al ofrecer borrarlas del “Buró de Crédito” en un promedio de 10 a 24 horas.

La página aduce que, “al Amparo de la Ley Federal de Protección de Datos Personales«, los datos de las personas deben ser borrados permanentemente si no han dado su consentimiento para que se divulguen.

Asimismo, asegura que han liberado a muchas personas del “Buró de Crédito” al señalar que: “Sus Reportes de Crédito han sido Actualizados correctamente. Nuestros clientes han visto resultados impresionantes, con un promedio de 10 a 24 horas, y han podido tramitar nuevos créditos en menos de 5 días”.

Al respecto la CONDUSEF hace un llamado a la población a no dejarse engañar por este tipo de páginas web que lo único que buscan es obtener un beneficio económico.

Cabe precisar que el artículo 23° de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, señala que las Sociedades están obligadas a conservar los historiales crediticios correspondientes a cualquier persona física o moral, durante un plazo de 72 meses, o bien, dependiendo del monto de su adeudo:

Los créditos con adeudos menores a:

25 UDIS, más o menos $ 113, se eliminan después de un año.

500 UDIS, más o menos $ 2,260, se eliminan después de dos años.

1000 UDIS, más o menos $ 4, 520, se eliminan después de 4 años.

Por lo tanto, es imposible que el historial crediticio de un usuario sea borrado entre 10 y 24 horas, como señala la página de referencia, aun cuando el crédito haya sido pagado.

Por otro lado, es importante señalar que las Sociedades de Información Crediticia no están sujetas a la Ley

Federal de Protección de Datos Personales, como establece en su artículo 2°, por lo que esta Ley no puede tener injerencia como lo señala la página.

CONDUSEF te recomienda:

Si tienes alguna duda acerca de tu situación en alguna Sociedad de Información Crediticia, visita las páginas oficiales http://www.burodecredito.com.mx y www.circulodecredito.com.mx

Recuerda que puedes obtener gratuitamente tu Reporte de Crédito Especial cada 12 meses.

Si no estás de acuerdo con algún dato o registro presenta tu reclamación ante CONDUSEF o ante la Sociedad de Información Crediticia correspondiente.

También te recomendamos solicitar ante CONDUSEF tu Reporte de Crédito de manera gratuita.

Finalmente, CONDUSEF te recuerda que ninguna persona te puede meter o sacar discrecionalmente del Buró de Crédito, ya que tu información crediticia es proporcionada por las entidades financieras y comerciales con las cuales has adquirido algún tipo de crédito.

Para cualquier duda o consulta adicional, favor de comunicarse a CONDUSEF al teléfono 01 800 999 80 80 o bien, visitar nuestra página de Internet www.condusef.gob.mx también nos pueden seguir en Twitter: @CondusefMX y Facebook: CondusefOficial.

 

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Aguinaldo debe pagarse a más tardar este 20 de diciembre, recuerda la STPS

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La Secretaría del Trabajo y Previsión Social informó que el próximo 20 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que las y los trabajadores reciban el pago del aguinaldo correspondiente, de acuerdo con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. La dependencia llamó a las personas empleadoras a cumplir en tiempo y forma con esta obligación legal.

La autoridad laboral precisó que el aguinaldo equivale, como mínimo, a 15 días de salario por cada año laborado. En los casos en los que la persona trabajadora no haya cumplido un año completo de servicios, el pago deberá realizarse de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado durante el año.

El titular de la STPS, Diódoro José Siller Argüello, señaló que el incumplimiento de este derecho laboral, así como el pago incompleto o la entrega en especie, constituye una falta a la ley y puede derivar en sanciones y multas económicas para las personas empleadoras. Estas medidas se encuentran previstas en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.

Asimismo, se aclaró que el derecho al aguinaldo aplica para todas y todos los trabajadores, sin importar el tipo de contrato bajo el cual presten sus servicios. La obligación se mantiene tanto para contratos por tiempo determinado como indeterminado, así como para cualquier otra modalidad laboral reconocida por la ley.

Para quienes requieran orientación o asesoría gratuita sobre el pago del aguinaldo, la STPS puso a disposición los teléfonos de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo al número (614) 429 33 00, extensiones 12155 y 24741. De igual forma, se puede solicitar apoyo en el Centro de Conciliación Laboral a través de las extensiones 26301 y 26303.

La dependencia también brinda atención presencial en el Palacio de Justicia Laboral, ubicado en la calle Allende número 901, en la colonia Centro, donde se ofrece información y acompañamiento a las personas trabajadoras que lo soliciten.

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