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Chihuahua

Analizan en el Senado el proyecto de la ley orgánica de la Fiscalía General de la República

Los senadores del Grupo Parlamentario de Morena sostuvieron una reunión con el Fiscal General de la República, Alejandro Gertz Manero para analizar el proyecto de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República (FGR).

El encuentro se realizó a distancia, en donde el senador morenista Cruz Pérez Cuéllar, fungió como moderador de la reunión en la que se revisó el proyecto de ley que contempla reforzar los conceptos de autonomía de los servidores públicos de la Fiscalía, así como la independencia y la autonomía técnica de los fiscales o agentes del Ministerio Público de la Federación.

Entre los puntos importantes de la propuesta de Ley se debatió también sobre las Facultades de la Fiscalía General de la República, la integración de la propia Fiscalía General de la República y se discutieron las Obligaciones del Fiscal General.

En la proposición se reconoce además a la Guardia Nacional como una institución de seguridad pública de carácter civil; se precisa la colaboración de la Guardia Nacional respecto a la investigación de los delitos bajo el mando y conducción del Ministerio Público y se examinó la creación de unidades encargadas de la investigación del delito, sujetas a las obligaciones de la Fiscalía General de la República.

De la misma manera, el proyecto de ley estipula que el titular de la Fiscalía General de la República durará en su encargo 9 años, garantizando el principio de paridad de género a que se refiere el artículo 41 de la Constitución, además de que contempla los supuestos en caso de renuncia, suplencia o ausencia definitiva del titular de la FGR.
Durante la reunión el coordinador del Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara Alta, Ricardo Monreal Ávila, manifestó que el proyecto vendrá a fortalecer los registros de elegibilidad para funcionarios y del titular de la Fiscalía General además de que se estipula que no sólo la calidad profesional sea relevante, sino la reputación y la honorabilidad, entre otros elementos.

“Es un proyecto que deriva de un Parlamento Abierto en el que se privilegiaron el diálogo y la transparencia entre la Cámara Alta y también integrantes de la Fiscalía General, así como grupos parlamentarios y actores de la Sociedad Civil” resaltó en su mensaje el coordinador parlamentario.

Dijo Monreal Ávila, que todo proyecto de ley es perfectible, no obstante, aseveró que el que hoy los convoca, ha recogido de manera sensible e integral las preocupaciones de varios colectivos y de la sociedad, y de la experiencia que han encontrado es que todo se puede lograr de manera muy consensada.

Concluyó que se espera que las comisiones correspondientes inicien el análisis formal del proyecto de dictamen la semana próxima, teniendo en cuenta que hay diferencias en algunos puntos del proyecto, pero también consensos y avances importantes.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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