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Chihuahua

Anuncia PAN campaña para que gobernador responda a la sociedad chihuahuense

Deuda

El dirigente estatal del PAN, Mario Vázquez Robles, al anunciar una campaña «espejo» mediante volantes que ciudadanos distribuirán en todo el estado.

Dijo que «la mercadotecnia gubernamental no debe orientarse exclusivamente para enaltecer la soberbia y el ego de los gobernantes en turno, sino debe ser un instrumento para lograr una sociedad cada vez más informada y enterada de la realidad que vive».

En ellos se inscriben los cuestionamientos más severos que los chihuahuenses hacen al gobierno de César Duarte y que tienen que ver con la corrupción, la incapacidad  y la falta de respeto a la ley de los servidores públicos estatales en ejercicio del poder.

 «En Chihuahua los funcionarios públicos se compran mansiones millonarias; ¿quién lo hizo», dice uno de los ejemplares que se refiere a las denuncias presentadas en contra de servidores públicos que se han aprovechado de su breve paso por el poder para adquirir inexplicablemente numerosos bienes inmuebles de alto valor.

«En Chihuahua se cometen 26 asaltos bancarios por mes; ¿quién lo hizo», mensaje que plasma con claridad los altos índices de inseguridad pública que se registran en el estado y la impunidad de la que gozan los delincuentes.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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