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Chihuahua

Aplicarán segunda dosis anticovid para adolescentes de 14 a 17 años en la ciudad

A partir de este lunes 17 de enero se aplicará la segunda dosis contra la Covid-19 a adolescentes de 14 a 17 años en Chihuahua capital. La Secretaría del Bienestar informó que las jornadas se llevarán a cabo el lunes 17 de enero se aplicará de 08:00 a 16:00 horas a quienes tengan 17 años. Para el martes 18 de vacunará a los de 16 años; el miercoles 19, a los de 15 años de edad y el jueves 20 a los de 14 años.

La aplicación será en tres sedes: el Centro de Convenciones, el Estadio de Beisbol de la Deportiva Sur y el Salón de Seminarios de Contabilidad en la UACh Campus II.

Quienes acudan deben llevar el comprobante de la primera dosis, así como el formato de solicitud del segundo biológico que se descarga en la página mivacuna.salud.gob.mx y la CURP.

Se pide que únicamente acudan las y los adolescentes que ya se aplicaron la primera dosis, toda vez que se trata de una jornada específica para la segunda aplicación.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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