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Chihuahua

Aprueba Congreso el Presupuesto de Egresos del Estado para el 2022

De acuerdo a lo señalado en la Constitución Política del Estado y en la Ley de Presupuesto de Egresos, Contabilidad Gubernamental y Gasto Público, el Poder Legislativo Estatal dentro de la Sesión Ordinaria del día 17 de diciembre del año en curso, aprobó el Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2022, el cual asciende a $81,352,617,019.00.

El diputado Luis Aguilar Lozoya, presidente de la Comisión de Programación, Presupuesto y Hacienda Pública, señaló que dicho presupuesto contempla las previsiones de gasto público y las partidas plurianuales necesarias para cubrir las obligaciones derivadas de los Proyectos de Inversión Pública a Largo Plazo, durante el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre del año 2022.

El monto referido se distribuye de la siguiente manera:
Servicios Personales $10,643,281,240.17
Materiales y suminisitros $1,596,934,099.95
Servicios Generales $2,346,437,559.52
Transferencias, Asignaciones, Subsidios y otras ayudas $44,211,921,691.98
Bienes muebles, inmuebles e intangibles $112,463,031.76
Inversión Pública $1,335,762,902.21
Inversiones Financieras y otras provisiones $48,304,345.00
Participaciones y aportaciones $12,080,915,059.20
Deuda Pública $8,976,597,089.21

El Legislador agregó que en los artículos transitorios se estableció que la Secretaría de Hacienda por única ocasión, una vez publicado el Plan Estatal de Desarrollo 2021-2027, deberá realizar adecuaciones al Presupuesto de Egresos del Estado de Chihuahua para el Ejercicio Fiscal 2022 y en el mes de julio informará a la Comisión de Programación, Presupuesto y Hacienda Pública sobre el monto correspondiente a cada dependencia y la entidad para el ejercicio en mención.

Además, los entes que tengan adeudos con Pensiones Civiles del Estado, deberán formalizar los convenios respectivos para el pago, durante el año 2022.

El Poder Judicial deberá destinar hasta $550,914,001.00 para cubrir sus adeudos de ejercicios fiscales anteriores, por concepto de Impuesto sobre la Renta, resaltó que el presupuesto de dicho Poder estatal, incluye también la cantidad de $84,034,541.00 para cubrir las erogaciones necesarias para implementar la reforma en materia laboral.

El presupuesto de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción incluye $5,100,000.00 para cubrir las remuneraciones de los Consejeros del Comité de Participación Ciudadana.

Entre otras cuestiones, es de resaltar que una de las prioridades del Ejercicio presupuestario del 2022, será eliminar el déficit presupuestal y tener una reducción en el uso de la capacidad de endeudamiento del Estado a corto plazo, en un 50%.

Por último resaltó que, del proyecto inicial se realizaron algunos ajustes de acuerdo con lo siguiente:
Reducción al Instituto Estatal Electoral de 40 millones de pesos.
Reducción al Tribunal Estatal Electoral de 10 millones de pesos.
Reducción al Instituto para la Transparencia y Acceso a la Información Pública de Chihuahua, de 4 millones de pesos.
Reducción al Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de 4 millones de pesos.
Reducción a la Comisión Estatal de Derechos Humanos de 3 millones de pesos.
Dichas reducciones suman un total de 61 millones de pesos, los cuales serán reasignados al Programa de Fortalecimiento a los Pequeños Productores Agropecuarios, de la Secretaría de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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