Con el objetivo de regular las disposiciones de la Ley Electoral del Estado de Chihuahua en materia de promoción del voto por parte de organizaciones ciudadanas, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua aprobó los lineamientos de aplicación general para todas aquellas organizaciones que promuevan la participación ciudadana dentro del territorio estatal durante el proceso electoral 2013, las cuales deben sujetarse a las siguientes reglas:
a) La promoción del voto tendrá como finalidad, fomentar la participación ciudadana en los procesos que requieren consulta pública, así como fortalecer los valores, prácticas e instituciones de democracia.
b) La promoción del voto deberá ser imparcial, es decir, no deberá incidir preferencia electorales de los ciudadanos, ni generar confusión, presión o coacción en los electores o afectar la equidad en la competencia electoral
c) La promoción del voto deberá respetar en todo momento las características que, por ley, tiene el sufragio las cuales son: universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.
Será el Consejero Presidente del Instituto Estatal Electoral quien emitirá durante el mes de enero, la convocatoria para la inscripción de aquellas organizaciones interesadas en la promoción del voto, quienes deberán presentar invariablemente dentro de su solicitud:
a) Un proyecto de trabajo, el cual deberá contener la estructura de la organización, líneas de acción, fines, grupo objetivo, material de difusión a utilizar y la descripción de los insumos necesarios para el desarrollo del mismo.
b) Copia simple del acta constitutiva y/o documento legal que certifique su formación e integración.
c) Representante con quien habrán de entenderse las notificaciones pertinentes.
d) Domicilio y correo electrónico para efectos de notificación.
Una vez que se publique la convocatoria, se darán a conocer los plazos para el envío de solicitudes y el método para la aprobación de las mismas, el cual queda a cargo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral quien es el órgano competente para aprobar las solicitudes de mérito, para lo cual se verificará que las organizaciones solicitantes cumplan, sin excepción con los requisitos y bases de la convocatoria.
You must be logged in to post a comment Login