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Aprueban crear Registro de franeleros en Chihuahua

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El pleno del Congreso del Estado aprobó crear el Registro de las Personas Cuidadoras de Vehículos Estacionados en las Vías Públicas, iniciativa presentada por la diputada de Acción Nacional, Daniela Álvarez Hernández.

La Comisión de Seguridad Pública en el Congreso local puso a consideración del pleno legislativo diversos dictámenes para su aprobación, y en el primero de los casos: Sin el afán de coartar el derecho al trabajo de las personas denominadas “franeleros”, pero sí con el menester de garantizar que tipo de persona realiza la actividad, ello, para no dejar en estado de indefensión a los usuarios de lugares destinados para estacionar los vehículos, el Congreso Estatal emitió una reforma a la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública del Estado para crear el Registro de las Personas Cuidadoras de Vehículos Estacionados en las Vías Públicas.

Dicho registro conforma 6 artículos, los cuales de manera general establecen lo siguiente:

1. La Fiscalía General del Estado creará un registro estatal para acreditar a las personas que se dediquen a cuidar o vigilar los vehículos automotores estacionados en la vía pública. Asimismo, se les otorgará un gafete de manera gratuita y deberá ser renovada anualmente.

2. Obligaciones y prohibiciones de las personas a cargo del cuidado del vehículo.

3. Los usuarios del vehículo no están obligados a aceptar el ofrecimiento de vigilancia.

4. Los cursos para capacitación en cuidado y vigilancia por parte de la Fiscalía a las personas que ejercen dicha actividad.

5. La disposición de un número telefónico para reportar cualquier queja o denuncia.

6. Las denuncias por el incumplimiento de la Ley.

Cabe mencionar que estas personas deberán utilizar un chaleco de seguridad con las especificaciones que para tales efectos expida la Fiscalía, que invariablemente deberá contener como mínimo un número telefónico para reportar alguna irregularidad.

Además, no podrán ejercer la actividad en estado de intoxicación por cualquier cantidad de alcohol o bajo el influjo de drogas u otras sustancias igualmente tóxicas que produzcan efectos similares, sin que medie prescripción médica que certifique su capacidad; No podrán cobrar tarifa alguna, solo podrán recibir propina en caso de ser ofrecida por el usuario y; tampoco deberán impedir u obstruir el uso de la vía pública.

Chihuahua

Inicia temporada de caza deportiva en el estado de Chihuahua

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– La actividad es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología

La Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE) anunció el inicio de la temporada de caza deportiva, en predios o ranchos registrados como Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA).

La actividad, también conocida como “turismo cinegético”, es coordinada por el Departamento de Vida Silvestre para contribuir a la conservación de la fauna silvestre a través del aprovechamiento sustentable e impulsar el desarrollo económico en el sector rural.

Este ejercicio asentado legalmente en el territorio desde 1952, además promueve una reproducción y mejora en la genética, contribuye a la conservación de la fauna y proporciona experiencias a los cazadores

Desde 2005 se cuenta con un convenio de asunción de funciones en materia de vida silvestre, firmado con la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), mediante el cual se descentralizaron 20 trámites que anteriormente atendía el Gobierno Federal.

Entre esos trámites se encuentra la solicitud de “Autorización de Aprovechamiento Extractivo de Ejemplares, Partes o Derivados”, actividad sustentada en el la Ley General de Vida Silvestre y su Reglamento, misma que lo maneja y aplica como Aprovechamiento Extractivo.

Las especies de valor cinegético que se permite aprovechar en Chihuahua son: venado cola blanca, venado bura, coyote, puma o león de montaña, pecarí de collar, conejo, liebre, codorniz, guajolote silvestre, palomas, aves acuáticas migratorias como gansos, patos, gallaretas y grulla gris, además del jabalí europeo y borrego berberisco.

Para ser avalado el aprovechamiento, el interesado debe cumplir con requisitos precisos con base en el Reglamento de la Ley, que incluyen el contar con un predio registrado como UMA y tener un Plan de Manejo elaborado por un responsable técnico registrado, ante la Dirección General de Vida Silvestre.

En dicho Plan debe señalar qué especies va a aprovechar, solicitar la tasa de aprovechamiento con base en un censo de población de las especies de interés y que estas sean silvestres que se distribuyen de manera natural en el país.

Los interesados deben demostrar que las tasas solicitadas sean menores a la de renovación natural de las poblaciones sujetas a aprovechamiento, en el caso de ejemplares de especies silvestres en vida libre y que no tendrá efectos negativos sobre las poblaciones.

De acuerdo con el número de ejemplares autorizados, se realiza el pago de derechos en Recaudación de Rentas por el concepto de “cintillos de cobro cinegético”, que se fijará al animal aprovechado.

El “cintillo” es un sistema de marca foliado que contiene los datos de la UMA, número de registro, especie autorizada, número de posesión, municipio donde se ubica la UMA y temporada de aprovechamiento, para acreditar su legal procedencia.

A la fecha se cuenta con aproximadamente 250 UMA activas en la entidad, algunas de ellas brindan servicios cinegéticos desde el transporte aeropuertos- ranchos, cocineros, hospedaje, guías, trofeos y los trámites de exportación de las especies.

En el caso de la especie de Borrego Cimarrón, se cuenta con un Programa del Gobierno del Estado que se lleva a cabo en convenios con algunas UMA, con la finalidad de asegurar la correcta conservación y manejo de estos ejemplares.

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