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Chihuahua

Aumenta beca alimentaria para adultos mayores

El Gobierno del Estado dio por enterado acerca del aumento de la beca alimentaria en los adultos mayores. Lo anterior fue a que la entrega mensualmente es a 15 mil adultos mayores en la entidad federativa, de los cuales 5 mil 460, que representan 36.4 por ciento del total estatal, son de Ciudad Juárez. La ayuda económica, que ahora se entrega en la modalidad de ‘monedero electrónico’, subió de 862 a 898 pesos mensuales, es decir, se aplicó un incremento de 36 pesos.

La Dirección de Grupos Vulnerables y Prevención a la Discriminación, organismo que depende de la Secretaría de Fomento Social, es la que se encarga de este programa e informó que el aumento comenzó a aplicarse a partir de enero.

Enrique Sánchez Torres, coordinador de Grupos Vulnerables en Ciudad Juárez, dijo que esa ayuda económica puede ser utilizada por los adultos mayores para comprar cualquier tipo de alimentos.

También pueden adquirir medicamentos, pañales y solamente se les permite gastar hasta 100 pesos en artículos de limpieza, agregó.

Por ningún motivo se les permite malgastar ese apoyo comprando bebidas alcohólicas, cigarrillos y comida para mascotas, informó.

Tampoco se les autoriza que paguen los servicios, como electricidad y agua, ni se aprueba la disposición de dinero en efectivo pues a muchas personas las cajeras de centros comerciales les ofrecían entregarles el resto en billetes y monedas, expresó.

El problema es que al obtener el apoyo en efectivo, pues lo gastan en cualquier otra cosa y no propiamente en su alimentación, dijo.

La aportación era el año pasado de 862 pesos y subió a 898, lo que viene a beneficiar a 5 mil 460 adultos mayores que reciben ese beneficio en esta frontera, agregó. Fueron 36 pesos de aumento, es decir, se elevó 4 por ciento. La dependencia estatal informó además que a través de su programa “Chihuahua Vive a Plenitud” efectúa constantes empadronamientos de adultos mayores que requieren una beca alimentaria.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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