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Chihuahua

Busca PAN garantizar empleo a mayores de 35 años

Con la finalidad de fomentar el empleo, sobre todo en los sectores de la población que más dificultad tienen para hallar trabajo, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presentó este día la iniciativa para la Ley de la Creación y Estímulos al Empleo del estado.

Con la finalidad de fomentar el empleo, sobre todo en los sectores de la población que más dificultad tienen para hallar trabajo, el Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional presentó este día la iniciativa para la Ley de la Creación y Estímulos al Empleo del estado.

 

El diputado Rogelio Loya Luna, a nombre de la fracción parlamentaria del PAN, presentó la iniciativa, y lamentó que en los últimos 20 años se haya reducido considerablemente la edad para encontrar empleo.

 

«En los últimos 20 años el rango de edad para la oportunidad de empleo ha descendido de manera considerable: En un 90 por ciento, las vacantes dejan fuera a las personas mayores a los 35 años, sin contar que un gran número de empresas solo contratan personas menores de 25 años», dijo.

 

Es por eso que esta iniciativa  de ley contempla estímulos para las empresas que contraten personal mayor a 35 años, lo mismo que a los adultos mayores, que batallan todavía más para obtener un empleo, indicó Rogelio Loya Luna.

 

El legislador de Acción Nacional indicó que la Ley contempla la creación de la Oficina Estatal para la Creación y Estímulos al empleo como una dependencia desconcentrada de la Secretaría de Economía.

 Redacción: Corina Muruato

LoyaL1

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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