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Chihuahua

Comienza el 1 de febrero proceso de preinscripciones en planteles de Educación Básica

A partir del próximo martes 1 de febrero inicia el proceso de preinscripción de alumnas y alumnos de nuevo ingreso a los niveles Inicial, Preescolar, Primaria y Secundaria, para el ciclo escolar 2022-2023, informó la Secretaría de Educación y Deporte (SEyD).

Con motivo de la pandemia de SARS CoV-2 y a fin de dar cumplimiento a las disposiciones sanitarias recomendadas por el Sector Salud, el registro se realizará de manera electrónica a través de la plataforma del Sistema de Información Educativa (SIE): https://sie.chihuahua.gob.mx/publico.

En aquellos casos donde la madre, padre o tutor no cuente con los medios de conectividad a Internet, el trámite se debe realizar de manera presencial en las instalaciones del centro escolar al que se desea ingresar.

Para mayor información y aclaración de dudas, se puede llamar a los números del Centro de Atención Telefónica. En la ciudad de Chihuahua al 614 429 33 00 y en Ciudad Juárez al 656 629 33 00, de las 9:00 a las 15:00 horas.

En ambos teléfonos las extensiones disponibles son 12426, 12432 y 12435. También está disponible el correo electrónico evaluació[email protected].

La SEyD precisa que madres, padres o tutores tendrán hasta el 16 de febrero para hacer el registro del estudiante. Los resultados de la asignación de espacios se publicarán durante el mes de julio en el portal del SIE y en la página oficial de la dependencia: http://educacion.chihuahua.gob.mx/.

La preinscripción garantiza un lugar en el nivel educativo, aunque no siempre en la escuela solicitada como primera opción, debido a que algunas son consideradas de alta demanda, esto significa que la demanda de espacios rebasa la capacidad del plantel.

Por ello, como parte del proceso se deben proponer tres centros escolares para la preinscripción de las y los menores, a fin de ubicarlos en alguno de esos planteles cuando la escuela de primera opción, no cuente con espacios disponibles.

Para el registro de niñas y niños con alguna discapacidad, es necesario presentar un diagnóstico (médico, psicológico y/o educativo) emitido por una institución oficial.

Falsear información o presentar documentación apócrifa, podrá ser motivo de la pérdida del espacio en el lugar de su primera preferencia.

Se otorgarán facilidades a connacionales repatriados que no cuenten con la documentación requerida, o bien, que no tengan la revalidación de estudios correspondiente en el centro escolar de su preferencia o en el plantel más cercano que cuente con capacidad para su inscripción.

En todos los casos se requiere presentar original y copia del acta de nacimiento, Cartilla Nacional de Salud, comprobante de domicilio, CURP e identificación oficial del padre, madre o tutor(a). No serán preinscritos alumnos o alumnas que no cumplan con la edad de admisión establecida para cada nivel.

Chihuahua

Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua

Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.

Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.

El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.

En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.

¿De qué se acusa a César Jáuregui?

Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.

El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.

El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.

Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.

¿Cómo se autorizó la orden de captura?

El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.

Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.

La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.

Lo que todavía falta por esclarecer

Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.

Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.

La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.

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