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Chihuahua

DA A CONOCER OBRAS PUBLICAS LA RELACION DE PUENTES DAÑADOS POR LAS LLUVIAS

Tras las intensas precipitaciones pluviales registradas en la entidad, se vieron afectados varios tramos carreteros, vados y puentes , por lo que la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas evalúa los daños para posteriormente efectuar las reparaciones correspondientes

Tras las intensas precipitaciones pluviales registradas en la entidad, se vieron afectados varios tramos carreteros, vados y puentes , por lo que la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas evalúa los daños para posteriormente efectuar las reparaciones correspondientes

 

En el municipio de la Cruz se detectaron que existe afectaciones en el camino a la altura del entonque ubicado en el km 82+ 610, de la carretera Jiménez al Corraleño de Juárez, al igual que en un vado en el entonque 85+000, de la carretera Jiménez- El Morieleño.

 

En la capital del estado se vio afectada la infraestructura en el vado de La Casita- Rancho de Trillo, a su vez en la carretera Delicias – San Diego de Alcalá y tambièn en el tramo de la carretera (Chihuahua- Cuauhtémoc) – El Fresno, asi como en el camino de  La Casita- Huejotitán, y en el trayecto Lázaro Cárdenas- Barranco Blanco y  en la carretera Camargo- Ojinaga.

 

De igual forma se vieron dañados algunos puentes en Satevó entre los que destacan el de La Laborcita,  Rancho de Mendoza, Salinas- La Esperanza,  El Torreón- El Porvenir, Satevó- La Laborcita, Satevó- El Torreón, Valerio y en Las Sanguijuelas en la localidad de Valerio.

 

La Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas solicitará al Fondo de Desastres Naturales (FONDEN) recursos para la reparación de esta infraestructura con el objeto de que los chihuahuenses cuenten con caminos y puentes transitables ya que estos resultan de vital importancia para fomentar el  desarrollo económico de la región.

Redacción: Corina Muruato

san diego de alcalá

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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