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Dan facultad al Poder Legislativo para decidir en cierre de escuelas

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Dan facultad al Poder Legislativo para decidir en cierre de escuelas, valorando siempre los elementos y razones que el Ejecutivo Estatal plantee en la solicitud.
La LXIV Legislatura del Congreso local, aprobó por unanimidad de votos, la reforma a la Constitución Política del Estado, a iniciativa del Gobernador del Estado, con la cual se otorga al Poder Legislativo la atribución de autorizar el cierre definitivo de algún plantel escolar perteneciente al Sistema Educativo Estatal, valorando los elementos y razones que el Ejecutivo plantee en la solicitud respectiva.
Sin la educación, sería imposible lograr mejores niveles de bienestar social y de crecimiento económico; tampoco se podrían nivelar las asimetrías existentes que imposibilitan la obtención de mejores condiciones laborales que lleven de la mano mayores ingresos.
Dado a lo anterior, la reforma a la Constitución Política del Estado, se describe de la siguiente manera:
Decreto:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se adiciona un inciso H a la fracción IX, del artículo 64; así como un segundo párrafo al artículo 153, ambos de la Constitución Política del Estado de Chihuahua, para quedar redactados de la siguiente manera:
ARTÍCULO 64. …………..………
I a VIII.  ……
IX.  ……………………..
A). a la G). …………………….
H). El cierre definitivo de una institución educativa oficial.
X a la XLIX. …………………….
ARTÍCULO 153. ………………
Para el cierre definitivo de una institución educativa oficial, se requerirá la autorización del Congreso del Estado, por mayoría calificada de las dos terceras partes de los Diputados presentes en el Pleno.
Con la reforma constitucional que hoy se aprobó, la anterior atribución quedaría acotada mediante un ejercicio de democracia verdadera, al otorgarse al Poder Legislativo, como cuerpo colegiado, la atribución de autorizar el cierre definitivo de algún plantel escolar perteneciente al Sistema Educativo Estatal, valorando detalladamente los elementos y razones que el Poder Ejecutivo le plantee en la solicitud.
Con esta modificación al más alto de los cuerpos legales de nuestra Entidad Federativa, consideramos, se lograría dar continuidad en el tiempo a los planteles educativos con los que actualmente se cuenta en el Estado y con ello dar cumplimiento al Derecho a la Educación.
Cabe recordar, que dado a que se trata de una reforma constitucional, es necesario el envío de la copia de la Iniciativa, del Dictamen y de los Debates del Congreso, a los ayuntamientos de los sesenta y siete municipios que integran la Entidad y en su oportunidad, hágase el cómputo de los votos de los ayuntamientos y la declaración de haber sido aprobada la reforma a la Constitución del Estado.

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Aclaran que en diciembre no hay descuento directo en el impuesto predial

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La Subdirección de Ingresos de la Tesorería Municipal aclaró que durante el mes de diciembre no se aplica un descuento directo al monto del impuesto predial, luego de que se detectara confusión entre algunos contribuyentes que consideran que el pago es menor en este periodo.

En entrevista, la subdirectora de Ingresos, Vanessa Aguirre, explicó que el beneficio vigente consiste en un descuento del 100 por ciento en los recargos generados por adeudos anteriores, lo que permite a la ciudadanía regularizar su situación fiscal sin cargos adicionales. Precisó que esta medida no implica una reducción en el monto base del impuesto correspondiente al ejercicio fiscal.

La funcionaria detalló que los descuentos que sí impactan directamente el monto del predial están contemplados en la Ley de Ingresos y se aplican únicamente durante los primeros meses del año. Señaló que en enero, febrero y marzo existen incentivos autorizados que permiten a los contribuyentes pagar menos impuesto, a diferencia de lo que ocurre en diciembre.

Aguirre subrayó que el beneficio vigente en este mes tiene como finalidad facilitar la regularización de adeudos acumulados, eliminando los recargos, pero sin modificar el importe original del impuesto. Añadió que esta distinción es importante para evitar malentendidos y expectativas incorrectas al momento de realizar el pago.

Finalmente, la subdirectora de Ingresos reiteró el llamado a la ciudadanía para consultar información únicamente a través de los canales oficiales de la Tesorería Municipal, con el fin de conocer con precisión los beneficios fiscales disponibles y las fechas en que se aplican. Indicó que mantenerse informado permite a los contribuyentes aprovechar correctamente los incentivos establecidos y cumplir de manera oportuna con sus obligaciones fiscales.

La Tesorería Municipal mantiene vigentes sus mecanismos de atención para resolver dudas relacionadas con el impuesto predial y otros trámites fiscales.

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