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Chihuahua

Debe reformarse la ley de las personas adultas mayores en el estado: Ana Gómez Licón

Con la finalidad de profundizar y ampliar el catálogo de derechos de las personas de la tercera edad en el Estado de Chihuahua, la diputada por el distrito 19, Ana Gómez Licón presentó, a nombre del Grupo Parlamentario del PAN, una iniciativa de Decreto que adiciona y reforma diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

Con la finalidad de profundizar y ampliar el catálogo de derechos de las personas de la tercera edad en el Estado de Chihuahua, la diputada por el distrito 19, Ana Gómez Licón presentó, a nombre del Grupo Parlamentario del PAN,  una iniciativa de Decreto que adiciona y reforma diversas disposiciones a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

En su intervención en tribuna, la legisladora panista destacó la importancia de que por ley se garantice un trato cálido y digno a las personas adultas mayores, cuya población representa un 8.6% del total en la entidad, misma que está casi a la par del porcentaje nacional que representa el 9.1%.

En este sentido, Gómez Licón pidió se adicionen en la legislación los conceptos de geriatría y gerontología, para proporcionar una mejor atención en el aspecto del cuidado de la salud de los adultos mayores así como el de residencia, definiéndolo como el lugar abierto de desarrollo personal y social de los mismos con algún grado de dependencia.

“Buscamos fomentar dentro de las instituciones educativas la formación de profesionales especialistas comprometidos con la atención de este grupo social  y de que la asignación presupuestal destinada a los programas ejecutados por las autoridades, observen los principios de progresividad e irreductibilidad, evitando así su disminución en futuros ejercicios fiscales”, expresó la congresista de Acción Nacional.

Otra de las adiciones que se hace a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores es la inclusión de los establecimientos comerciales en la disposición que hace referencia al derecho que tienen las personas adultas mayores de usar los cajones de estacionamiento destinados para personas con discapacidad.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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