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Deberá PGR informar sobre desapariciones forzadas desde 1960

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La Procuraduría General de la República (PGR) deberá buscar y entregar información estadística sobre investigaciones iniciadas por el delito de desaparición forzada, de 1960 a febrero de 2015.

Así lo instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), luego de que un particular solicitó el número de hechos investigados por la procuraduría.

También el número de averiguaciones previas que a la fecha se encuentran en integración, en cuántos casos se determinó el ejercicio de la acción penal y en cuántos no, cifra total de ofendidos y/o víctimas de cada hecho referido; sexo de los ofendidos y/o víctimas.

Asimismo aquellas averiguaciones en las que se ejercitó acción penal, contra cuántas personas, por qué delitos y el estado de los procesos; de las que se determinó el no ejercicio de la acción penal, en cuántos actos se desestimó por razones de prescripción de los delitos;

Además a cuáles dependencias de gobierno federal, estatal o municipal se adscribía cada funcionario público investigado, y el estado de la República en donde sucedieron los hechos investigados en cada averiguación previa abierta.

En respuesta, la PGR proporcionó un cuadro con información estadística del fuero federal, relacionada con el delito de desaparición forzada, de 1960 a 2015; sin embargo, dicho cuadro cataloga como “Información no disponible” aquella correspondiente al periodo comprendido de 1960 a 2000.

Señaló también que en sus bases de datos no existen variables que permitan conocer las razones de prescripción de los delitos, las personas ofendidas y/o víctimas, su sexo, las dependencias de gobierno a las que estaban adscritos los funcionarios investigados, ni el estado procesal de las investigaciones.

Por ese motivo y debido a que el inconforme consideró que la Procuraduría General de la República solo atendió parcialmente su requerimiento, presentó un recurso de revisión ante el INAI que fue turnado a la ponencia del comisionado Francisco Javier Acuña Llamas.

En alegatos, la PGR aseveró que puso a disposición la totalidad de la información estadística con la que cuenta y agregó que, en su caso, los documentos fuente serían las propias averiguaciones previas en cuestión que tienen el carácter de reservadas.

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Rinden Protesta de Ley juezas al TSJE

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-Esto luego de realizar proceso de sustitución por declinación y renuncia de jueces en Chihuahua.

Las y los integrantes de la 68 Legislatura del Congreso local, aprobaron el dictamen por el que se otorga el nombramiento a dos juezas ante el Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), luego de realizar el proceso correspondiente de sustitución por declinación y renuncia de dos jueces del Distrito Judicial Morelos.

Este documento fue presentado por la diputada Edna Xóchitl Contreras de la Comisión de Justicia del Poder Legislativo; ambas juezas electas: Ana Margarita Pérez Cárdenas y Ana Patricia Portillo García, rindieron protesta de Ley ante las y los diputados.

En este sentido, se otorgó la renuncia a María Cristina del Rosario Berjes como Jueza de Control del Distrito Judicial Morelos y llamó a Ana Margarita Pérez Cárdenas para que rindiera protesta ante dicho cargo, mientras que se reconoció la declinación de José Carlos González Reyes como Juez Penal de Primera Instancia del Distrito Judicial Morelos y se llamó a Ana Patricia Portillo García para que rindiera la protesta de Ley correspondiente.

La renuncia y declinación mencionadas, fueron notificadas al Poder Legislativo por parte del Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial del Estado de Chihuahua mediante Oficios No. SEOAJ 257/2025 y SEOAJ 340/2025, luego de ser electos en el proceso electoral extraordinario 2024-2025.

Por último, se refirió que el Instituto Estatal Electoral (IEE) notificó que el orden de prelación de la votación del proceso electoral extraordinario del 2024-2025, de las personas que obtuvieron las mayores votaciones con independencia de género.

Cabe mencionar que cada una de las juezas, habrán de desempeñarse por el periodo que resta del encargo sustituido en el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.

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