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Denuncia Gobierno que Juzgado 8° de Distrito obstaculiza desarrollo de audiencia de alcaldesa

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En el inicio de la comparecencia ante un Juez de Control fue exhibida una nueva suspensión dictada por la encargada del Juzgado Octavo de Distrito, Adriana del Carmen Martínez, con motivo de un juicio de amparo presentado días antes.

En él los abogados de la defensa de María Eugenia C. y María A, relacionadas con el caso de la “caja chica” atribuida al ex gobernador del Estado, argumentan que no se les ha entregado la copia completa de los registros de la investigación para encarar la audiencia solicitada desde el mes de noviembre del año pasado.

En una estrategia de la defensa que se considera ilegal y en exceso, la suspensión de carácter provisional la otorgó el Juzgado de Distrito, en tanto se contaba con los informes de las autoridades. Mientras tanto, decretó indebidamente la suspensión de la audiencia.

El mismo Juez de Distrito al conceder la suspensión, señaló que solo subsistiría la suspensión en tanto se acreditara que las copias aludidas ya hubiesen sido entregadas. No obstante este mismo Juzgado en el amparo 102/2021, ya había resuelto negar la suspensión definitiva por falta de materia, ya que las copias si habían sido entregadas, según notificó al Juez de Control el día 3 de febrero de 2021.

A pesar de que los fiscales a cargo del asunto, mostraron al Juez de Control, la evidencia que demostraba que la entrega de las copias se había realizado desde el mes de enero de 2021, el Juez de Control consintió la petición de la defensa y una vez más resolvió suspender de nueva cuenta la audiencia.

Según se demostró con los registros del propio Tribunal y con la resolución del anterior Juicio de Amparo que sobreseyó la solicitud de amparo, por haberse acreditado desde entonces que la entrega de las copias ya se había realizado, el Juez de Control ignoró los argumentos y la evidencia y determinó no continuar con la audiencia.

Las peticiones que han formulado los abogados de la defensa constituyen un exceso y rebasan lo dispuesto por el Código Nacional de Procedimientos Penales.

En asuntos diversos esta serie de peticiones y estrategias legales han sido rechazadas por los Jueces de Control, no obstante en el presente caso, la autoridad judicial ha actuado aplicando criterios diferenciados.

Indudablemente el Juzgado de Distrito una vez más habrá de sobreseer la demanda de amparo de la defensa de la quejosa y con ello, se demostrará una vez más la falta de argumento legal válido para provocar los diferimientos que suman tres en menos de dos meses y con lo que se ha demorado la tramitación de la causa penal, que ejerció la Fiscalía General desde el mes de noviembre de 2020.

La Fiscalía General del Estado no ha sido omisa en lo dispuesto por el Código Nacional de Procedimientos Penales y en cambio, queda en evidencia una estrategia legal de la defensa para entorpecer el correcto desarrollo de la fase procesal.

En casos análogos este tipo de prácticas suelen ser rechazadas por los Jueces de Control, pues lesionan los principios básicos de todo proceso, como son el de una justicia pronta y expedita y el de rectitud con que se deben conducir las partes frente a la autoridad judicial.

Ante tal actuar y comprometidos con la imperiosa responsabilidad de procurar justicia, es deber de la Fiscalía General de Estado hacer valer los recursos y las acciones legales pertinentes para combatir las resoluciones que de forma indebida obstaculizan las labores de justicia.

Se reitera una vez más que el actuar de la institución del Ministerio Público se encuentra en todo momento apegada a derecho, que es un principio legal que le rige salvaguardar el derecho de víctimas e imputados.

Hacemos patente nuestra convicción de que los jueces y tribunales tienen la obligación de velar por el cumplimiento de la ley sin distingo o preferencias de ninguna naturaleza, en términos de lo dispuesto por nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por el Código Nacional de Procedimientos Penales como garantía de legalidad, ética y gobernabilidad.

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Infantino respalda a Vinicius y exige medidas tras incidente en Lisboa

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El presidente de la FIFA, Gianni Infantino, expresó su respaldo a Vinícius Júnior tras el presunto incidente de racismo ocurrido durante el partido entre SL Benfica y Real Madrid CF, disputado en el Estádio da Luz.

El encuentro, correspondiente a la ida del playoff de la UEFA Champions League, fue detenido momentáneamente luego de que el árbitro François Letexier activara el protocolo antirracismo tras la denuncia del delantero brasileño, quien señaló haber recibido un supuesto insulto racista por parte de Gianluca Prestianni.

A través de un mensaje difundido en redes sociales, Infantino manifestó que le “conmocionó y entristeció” el presunto incidente y afirmó que no hay lugar para el racismo en el futbol ni en la sociedad. Señaló que es necesario que las partes correspondientes tomen medidas y que se investiguen los hechos para exigir responsabilidades.

El dirigente también reconoció la actuación del árbitro Letexier por activar el protocolo mediante el gesto oficial para detener el partido y abordar la situación en el terreno de juego. Subrayó que la FIFA, a través de su Posición Global Contra el Racismo y el Panel de Jugadores, mantiene el compromiso de proteger a futbolistas, árbitros y aficionados ante cualquier forma de discriminación.

El episodio se produjo después de que Vinícius marcara al minuto 50 y celebrara frente a la grada local. Tras ello se generó un intercambio con jugadores del Benfica y el brasileño acudió al árbitro para denunciar el presunto insulto. La transmisión captó a Prestianni cubriéndose la boca con la camiseta en ese momento, lo que incrementó la tensión. El juego se reanudó minutos después.

Por su parte, el Benfica y Prestianni negaron que se hayan producido insultos racistas. El caso ha generado reacciones en distintos sectores del entorno futbolístico, mientras se espera el resultado de las investigaciones correspondientes.

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