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Chihuahua

Derechohabiente de Pensiones Civiles recupera movilidad y habla gracias a cirugía de rescate cerebral vascular

– El procedimiento fue realizado a una mujer de 72 años de edad por el médico especialista Alejandro Rodríguez Orozco, con el equipo de hemodinamia del Hospital Ángeles Chihuahua

Gracias a una cirugía de rescate cerebral vascular practicada por especialistas de Pensiones Civiles del Estado, una derechohabiente de 72 años de edad diagnosticada con embolia, recuperó la movilidad y el habla, con lo que mejorará su calidad de vida y la de su familia.

La cirugía fue realizada por el médico radiólogo neuro-intervencionista Alejandro Rodríguez Orozco, con el equipo de hemodinamia del Hospital Ángeles Chihuahua.

La paciente, con antecedente de arterioesclerosis y lesiones en las carótidas, perdió la fuerza de forma súbita en la mitad de su cuerpo, presentó afasia, pérdida del lenguaje y parálisis facial.

Mediante una resonancia magnética se le detectó la obstrucción de una arteria por un coágulo, fue identificada la zona afectada y se efectuó el rescate que consistió en introducir catéteres desde la ingle hasta el cerebro.

Con este procedimiento se logró que, de nueva cuenta haya circulación sanguínea hacia el cerebro de la derechohabiente; el lenguaje y el movimiento los recuperará paulatinamente conforme progrese con las sesiones de fisiatría, tratamiento farmacológico y cambios en el estilo de vida.

La arterioesclerosis se produce cuando los vasos sanguíneos que llevan el oxígeno y los nutrientes del corazón al resto del organismo (arterias) se engrosan y endurecen.

En ocasiones esa condición restringe el flujo sanguíneo a los órganos y a los tejidos y a veces se rompe alguna de las placas, lo que provoca el desprendimiento de un coágulo que obstruye las arterias cerebrales.

El especialista, Alejandro Rodríguez Orozco, con 8 años en Pensiones Civiles, es uno de los 302 médicos con los que cuenta la institución en la delegación Chihuahua.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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