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Chihuahua

Desvía Dirección de Transporte 50% de rutas en la Universidad

Con la finalidad de lograr una mayor fluidez del tránsito de las unidades de camión urbano y del tránsito vehicular en general, la Dirección de Transporte del Estado desviará a partir del 13 de Junio, el 50 por ciento de las rutas que circulan rumbo al norte por la avenida Universidad, donde se llevan a cabo las obras del Nuevo Sistema de Transporte Urbano.

En total serán diez las rutas que modificarán su trayecto desde el canal Teófilo Borunda, por la calle 21 hasta llegar a la avenida División del Norte, donde seguirán su trayecto normal en el cruce con Universidad. Todo ello por espacio de dos meses.

Se trata de las rutas Centro Norte, Infonavit, 20 Aniversario; Granjas Saucito, Panamericana, Ruta 100, Riveras de Sacramento, Ruta 4, Ruta 2 y ruta 3, las cuales podrán ser abordadas por los usuarios del transporte público, a la misma altura de la avenida Universidad, pero por la calle 21.

Es importante mencionar que las rutas Tec II Vallarta, Ruta 3, Mármol, Dale Universidad, Campesina Universidad, Rosario Universidad; Cerro de la Cruz por 11, Santa Rosa por Universidad, Sector 3, Ruta 15 y Cerro de la Cruz CTM, seguirán su trayecto normal por la Universidad, sin modificación alguna.

En todo momento, inspectores de la dependencia estarán pendientes del servicio a los usuarios y de la efectividad del desvío, en coordinación de elementos de le Dirección de Vialidad.

La Dirección de Transporte exhorta a la comprensión de la ciudadanía por las molestias que pudieran derivar los desvíos y la obra, recordando que dentro de algunos meses el beneficio será materializado en un transporte más eficiente, limpio y cómodo.

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Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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