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Economía mexicana, de las más dinámicas de AL: SHCP

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A pesar de las reducciones al pronóstico de expansión de la economía mexicana en 2015; la economía mexicana es una de las más dinámicas de América Latina y continúa acelerando su tasa de crecimiento, afirmó el Secretario de Hacienda y Crédito Público Luis Videgaray Caso.

Al participar en el foro “México: Panorama sobre cambio climático, seguridad cibernética y energía en América del Norte» organizado por el Consejo de las Américas en la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), el Secretario explicó que la cifra dada a conocer por el Instituto Nacional de Estadística (Inegi) en relación a que el Producto Interno Bruto (PIB) mexicano registró una alza de 2.5% en el trimestre enero-marzo de 2015 frente a igual trimestre de 2014; “fue un dato ligeramente mejor a lo que esperaban los analistas de mercado.

“Ello implica que la economía mexicana continúa acelerando su tasa de crecimiento y algo muy importante”, afirmó el funcionario federal.

Argumentó que el momento de desglosar los datos del Inegi “podemos observar que el motor hoy es el mercado interno”. Precisó que tanto el sector del comercio y los servicios son de los que están mostrando el mayor dinamismo, asimismo la construcción.

Afirmó que las exportaciones continúan creciendo, aunque éstas del desempeño de Estados Unidos, socio principal comercial de México.

“Si ponemos en contexto este dato 2.5 observamos que (México) es mayor que algunas de las economías más dinámicas de América Latina. Estamos creciendo en el primer trimestre más que Chile, Perú, notablemente más que Brasil. Estamos creciendo más que el promedio dela OCDE”.

Es decir, en un entorno de bajo crecimiento global y con retos muy importantes a nivel internacional, la economía mexicana está mostrando un dinamismo muy importante en su desempeño”, aseguró el Secretario Videgaray Caso.

Fuente: El Economista

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SAT aplicará ISR a extranjeros del Mundial 2026 en México

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Los jugadores, entrenadores y demás integrantes de las selecciones nacionales que participen en la Copa Mundial de la FIFA 2026 dentro de territorio mexicano deberán pagar impuestos por los ingresos que generen durante el torneo. La obligación aplica a personas extranjeras que ingresen al país para realizar actividades remuneradas, conforme a las reglas fiscales vigentes.

La recaudación estará a cargo del Servicio de Administración Tributaria, a través del pago del Impuesto Sobre la Renta. El sustento legal se encuentra en las disposiciones publicadas el 28 de diciembre de 2025 como parte de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, difundida en el Diario Oficial de la Federación.

De acuerdo con la normativa, los futbolistas residentes en el extranjero que jueguen partidos del Mundial en México deberán cumplir con reglas específicas diseñadas para el certamen. El cobro no será general, sino que se limitará a los ingresos vinculados con actividades realizadas en el país y derivados de su participación en la competencia internacional.

El artículo 170 de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece que los deportistas residentes en el extranjero que obtengan ingresos por participar en espectáculos deportivos en México están sujetos a una tasa del 25 por ciento de ISR. Este impuesto se aplica únicamente sobre la parte del ingreso que corresponda a los partidos disputados en territorio nacional.

En contraste, los jugadores que residan físicamente en México no tendrán un tratamiento especial. En su caso, deberán pagar el ISR por el 100 por ciento de los ingresos que obtengan por su participación en la Copa del Mundo, conforme a la tarifa vigente.

En términos generales, los seleccionados extranjeros que jueguen el Mundial en México deberán cubrir el ISR por los ingresos generados durante el torneo, tanto por su pago por participar con su selección como por los premios en efectivo que obtengan.

Durante la fase de grupos del Mundial 2026 en México participarán las selecciones de México, Sudáfrica, Corea del Sur, Japón, Túnez, España, Uruguay y Colombia, además del ganador del Repechaje UEFA D y del Repechaje Intercontinental 1. Las disposiciones fiscales aplicarán únicamente a los ingresos vinculados con los encuentros disputados en el país.

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