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El programa “mochila segura” es inconstitucional, resolvió la Suprema Corte

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el programa “Mochila Segura” es inconstitucional a pesar de que se aplica hace casi 20 años en distintos niveles educativos de México, ya que no cuenta con un marco legal que lo sustente.

La Primera Sala del más Alto Tribunal del país determinó por 4-1 en el voto de sus magistrados integrantes que el amparo solicitado por dos padres de familia a sus hijos menores para el efecto de que no puedan ser sujetos sin su consentimiento expreso, libre e informado del programa “Mochila Segura” o a cualquier operativo asociado o derivado del mismo.

“A la fecha, se desconoce el fundamento legal en el que se prevea expresamente el programa Mochila Segura. (…) la sentencia recurrida trata de justificar la existencia legal del programa ‘Mochila Segura’ sólo en un comunicado emitido por una autoridad federal y en un programa local, pero sin que exista norma jurídica que sustente ello”, precisa el proyecto del ministro Jorge Pardo Rebolledo avalado por la Primera Sala y consultado por Infobae México.

Por ello, el proyecto estimó fundada la impugnación, ya que “efectivamente no existe norma legal alguna que, de forma expresa, prevea la existencia del referido programa u operativo cuestionado, ni menos que contemple facultad a favor de alguna autoridad para su implementación en el contexto escolar en que se lleva a cabo”.

Pero, a pesar de las circunstancias, el ministro Pardo Rebolledo indicó en su proyecto que esto no elimina la obligación del Estado, reconocida en este asunto por el Secretario de Educación Pública, de proteger a los estudiantes durante su estancia en los establecimientos educativos.

“No obstante, la garantía de su seguridad no debe llevarse al extremo de entender que la única forma de lograr dicha salvaguarda lo es a partir de la revisión obligatoria de las pertenencias de todos los estudiantes”, precisó.

Sobre todo, ya que, “podría resultar discriminatorio” si no implica, por ejemplo, también la revisión de pertenencias de otras personas que acceden a los centros escolares, como lo es el caso de docentes, personal administrativo y familiares o tutores de los alumnos e incluso aquellas personas que también acceden al centro escolar a prestar servicios de mantenimiento.

Asimismo, la falta de norma legal que respalde estos operativos hace imposible validar que los mismos se lleven a cabo libremente en los centros escolares, sin control alguno, y con la ausencia de parámetros o protocolos que aseguren la protección de los derechos de la niñez, remarcó el proyecto aprobado. “Ni menos aún que dichos ejercicios, se promuevan por las autoridades educativas sin directrices debidamente sustentadas en un marco legal que les rija”, añadió.

El ministro Pardo Rebolledo tampoco dejó pasar que los operativos “Mochila Segura” se realizan “con el consentimiento de los padres”. “No obstante, ello no puede advertirse de regulación alguna”, señaló.

El fallo reconoce que la falta actual de regulación, no debe obstaculizar el que los Congresos Federal y locales, en sus respectivos ámbitos de competencia, desarrollen legislación que, apegada al régimen constitucional, pueda dar sustento y contenido formal a programas como el operativo “Mochila Segura”, siempre con pleno respeto a los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Sin embargo, lo que no puede aceptarse, es la promoción y ejecución de operativos abiertamente discrecionales y sin sustento legal, que comprometen los derechos de los propios educandos
Finalmente, se indica que la resolución no impide las intervenciones o revisiones en las escuelas cuando se ha cometido un delito o está por cometerse, pues ello coloca a la comunidad escolar en un riesgo o peligro inminente; en cuyo caso, deberá darse a la brevedad intervención a las autoridades de seguridad pública y procuración de justicia competentes.

México

Hacienda asegura que ajuste al IEPS no elevará el precio de las gasolinas

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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en coordinación con la Secretaría de Energía, aseguró que la actualización al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios no provocará incrementos en el precio final de los combustibles a partir del 1 de enero. Las dependencias federales señalaron que el ajuste anual por inflación, previsto en la ley, será absorbido sin afectar a los consumidores, por lo que se mantendrá la estabilidad en las estaciones de servicio del país.

De acuerdo con la información oficial, esta decisión se sustenta en la estrategia nacional para estabilizar el precio de la gasolina, vigente desde marzo de este año. El esquema contempla un acuerdo voluntario con empresarios del sector para establecer un tope máximo de 24 pesos por litro en la gasolina regular, conocida como magna o de menor a 91 octanos. El objetivo es evitar que las variaciones en los mercados internacionales de hidrocarburos impacten en la economía de las familias.

Las autoridades indicaron que el compromiso se mantendrá pese a la actualización del IEPS, por lo que el precio en bomba no deberá registrar cambios significativos al inicio de 2026. La administración federal subrayó que este mecanismo forma parte de una política para preservar la estabilidad económica y contener presiones inflacionarias en los energéticos.

En las cuotas publicadas en el Diario Oficial de la Federación se establece que el impuesto para la gasolina magna será de 6.70 pesos por litro, mientras que para la gasolina premium se fijó en 5.65 pesos y para el diésel en 7.36 pesos por litro. Hacienda precisó que estos montos responden únicamente a un ajuste técnico por inflación y no modifican los términos del acuerdo con los distribuidores de combustibles.

El gobierno federal informó que dará seguimiento puntual a los precios finales para verificar que se respete el tope acordado en las estaciones de servicio. Con ello, se busca despejar dudas sobre posibles aumentos al cierre de año y garantizar que el ajuste fiscal no se traduzca en un alza para los consumidores. Asimismo, se reiteró que cualquier cobro que supere los límites establecidos puede ser reportado ante la Procuraduría Federal del Consumidor.

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