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El rasgo que une a los asesinos seriales: qué podría tener en común el feminicida de Atizapán con Charles Manson

Durante 20 años, Andrés “M” asesinódescuartizó, y se comió mujeres. Todo ocurría dentro de su domicilio ubicado en el municipio de Atizapán de Zaragoza, en el Estado de México.

Fue el caso de Reyna González Amador, quien fue reportada como desaparecida y más tarde hallada descuartizada, el que llevó a las autoridades hasta el sujeto de 72 años, quien podría ser un feminicida serial.

No obstante, no es el primero ni será el último. En México y alrededor del mundo proliferan los homicidas. Y aunque no se sabe exactamente cuántos andan libres por las calles, el FBI, por ejemplo, según el sitio WorldAtlas, afirma que existen entre 25 y 50 asesinos seriales libres en Estados Unidos. Pero el número podría ser mucho más alto.

La disciplina de la psicología forense, propuesta por profesionales en psiquiatría, medicina, psicología, y derecho, ha evolucionado a través de los años para ayudar a entender cómo y cuándo nacen los asesinos seriales.

Fue el caso de Reyna González Amador, quien fue reportada como desaparecida y más tarde hallada descuartizada, el que llevó a las autoridades hasta el sujeto de 72 años, quien podría ser un feminicida serial (Foto: Cortesía/Fiscalía del Estado de México)Fue el caso de Reyna González Amador, quien fue reportada como desaparecida y más tarde hallada descuartizada, el que llevó a las autoridades hasta el sujeto de 72 años, quien podría ser un feminicida serial (Foto: Cortesía/Fiscalía del Estado de México)

Existe un modelo dentro de la rama llamado tríada de MacDonald, el cual intenta descubrir si existen y cuáles son los factores en una persona que la predisponen para convertirse en un asesino serial.

¿Qué podrían tener en común Charles Manson, Richard Ramirez, Juana Barraza Samperio, Jeffrey Dahmer, Ted Bundy, Raúl Osiel Marroquíny Andrés “N”?

La teoría fue propuesta por el forense neozelandés John MacDonald en 1963 en su texto titulado The Threat to Kill (La Amenaza de Matar), publicado en la revista American Journal of Psychiatry.

Y aunque no cuenta con una comprobación científica y también ha recibido diversas críticas, se ha convertido en un modelo popular entre la sociedad para presuntamente distinguir a alguien que podría convertirse, o ser, un asesino serial.

Son tres las variables: la enuneris, la piromanía, y el maltrato animal (Foto: EFE/Francisco Guasco/Archivo) Son tres las variables: la enuneris, la piromanía, y el maltrato animal (Foto: EFE/Francisco Guasco/Archivo)

Sin embargo, algunos de los defensores de la tesis afirman la tríada puede ser un factor predictor para detectar manipulación, violencia psicológica, egoísmo, insensibilidad, e inhibición moral. Son tres las variables: la enuneris, la piromanía, y el maltrato animal.

La enuneris es un trastorno de sueño caracterizado por la incontinencia urinaria en edades tempranas. Psicológicamente, la condición podría provocar en la persona rechazo social y poca confianza por no poder controlar su vejiga.

La piromanía sería el impulso, desde la infancia, de incendiar objetos. Pero conforme avanza la edad también las cosas de valor y tamaño.

El último es el maltrato animal: desde una corta edad violentar a animales con poca defensa para desahogar enojo y frustración.

Existe un consenso sobre ciertos rasgos: que las personas psicópatas carecen de empatía y remordimientos y tienen una personalidad narcisista, por ejemplo (Foto: Twitter/@c4jimenez)Existe un consenso sobre ciertos rasgos: que las personas psicópatas carecen de empatía y remordimientos y tienen una personalidad narcisista, por ejemplo (Foto: Twitter/@c4jimenez)

Los críticos del modelo argumentan que no necesariamente se debe contar con una o con los tres factores propuestos por MacDonald para terminar convirtiéndose en un asesino serial. Otra detracción se basa en el hecho que el estudio se hizo con una muestra pequeña de solamente 48 pacientes psicóticos y 52 no psicóticos, todos ellos con conductas de sadismo y violencia.

No obstante, otros consideran que podría ser un fundamento para otras teorías. Existe un consenso sobre ciertos rasgos: que las personas psicópatas carecen de empatía y remordimientos y tienen una personalidad narcisista, por ejemplo.

Y aunque la tríada continúa siendo influyente y una hipótesis ampliamente enseñada y difundida, investigaciones continúan sin plenamente validar la línea de pensamiento. Estudios, por ejemplo, han revelado que no existe una relación estadísticamente significativa entre la tríada y criminales violentos.

En el domicilio de Atizapán había ropa, credenciales, cabelleras completas y hasta rostros desollados de sus víctimas (Foto: Twitter/@c4jimenez)En el domicilio de Atizapán había ropa, credenciales, cabelleras completas y hasta rostros desollados de sus víctimas (Foto: Twitter/@c4jimenez)

Otros sugieren que estos tres factores están más vinculados a infancias con abuso, experiencias de brutalidad, y negligencia de los padres, de acuerdo con la socióloga y psicóloga Margaret DiCanio en su Encyclopedia of Violence.

Pidió agua y dijo “15, creo que fueron 15?. Esas fueron las palabras declaradas este martes por Andrés “N”, el presunto feminicida serial de Atizapán de Zaragoza, municipio en el Estado de México.

Durante la mañana del 18 de mayo fue internado en un penal en la entidad federativa mexiquense. La confesión, revelada por el periodista Antonio Nieto, fue acompañada con un video donde se puede observar cómo arribó a la cárcel.

Vistiendo un pantalón negro, una camisa con estampados de animalesesposado y escoltado por dos agentes de la Policía de Investigación de la Fiscalía General de Justicia. “Las excavaciones aún siguen y los peritajes para determinar cuántas mujeres fueron asesinadas en los últimos años y enterradas en su domicilio”, reportó Nieto.

De acuerdo con información del reportero Carlos Jiménez, aparentaba ser un vecino normal. Andrés “M” trabajó como presidente del Consejo de Participación Ciudadana en el Gobierno Municipal de Atizapán de Zaragoza.

Actualmente formaba parte del equipo de campaña de Pedro Rodríguez Villegascandidato a presidente municipal de Atizapán de Zaragoza por la coalición Va por México.

“En el cateo que se realiza en la casa del sujeto imputado, hemos encontrado desgraciadamente diferentes indicios humanos: restos óseos, ropa de mujer, credenciales de elector otros elementos que nos hacen suponer que pudiese ser un feminicida serial”, aseveró Dilcya García, fiscal de Delitos de Género en el Estado de México.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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