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México

Embargan a ex-gobernador Rodrigo Medina acusado de corrupción, será arraigado

En conferencia de prensa, Aldo Fasci fiscal anti-corrupción informó que se presentaron cargos contra el exmandatario así como cuatro funcionarios de alto nivel, cinco servidores públicos, dos alcaldes en funciones, dos diputados, 10 empresarios, dos funcionarios bancarios y familiares y socios de Medina.
El daño patrimonial que encontró la fiscalía asciende a 3 mil 600 millones de pesos.

La Subprocuraduría Anticorrupción reveló que se recibió por un juez el aseguramiento y embargo de bienes a 7 funcionarios públicos e incluyendo el exgobernador Rodrigo Medina de la Cruz, para que respondan a imputaciones de corrupción que presentará la fiscalía.

En 16 casos responsabilidad administrativa, se han dictado 5 resoluciones a los ex funcionarios Rodolfo Gómez Acosta, ex Secretario de Finanzas y Tesorería; Juan Francisco Livas, ex director del Fideicomiso para el Desarrollo de la Zona Citrícola; Rolando Zubirán Robert, ex Secretario de Desarrollo Económico; Luis Gerardo Marroquín, Secretario de Obras Públicas y Ramón Villagómez, ex director de la Corporación para el Desarrollo Agropecuario.

A los ex funcionarios se les aplicó inhabilitación por 10 años y sanción resarcitoria por 210 millones de pesos.

Otro funcionario al que se le detectaron irregularidades es Víctor Ramón Martínez Trujillo, ex titular del Sistema Estatal de Caminos al que se le dio inhabilitación de 10 años y sanción resarcitoria por 12 millones 900 mil pesos.

Aldo Fasci informó que en el momento se están llevando a cabo el aseguramiento y embargo de bienes, pero se restringió la información de los mismo por proceso que se está realizando.

Por su parte, Cantú Suárez informó que se han integrado 117 casos, los cuales 42 en la contraloría, en 28 se inició procedimiento de responsabilidad y en 47 casos se encontró una presunta responsabilidad penal.

Los casos se detectaron en las Secretaría del Trabajo, Secretaría de Obras Públicas, Secretaría de Desarrollo Económico, Secretaría de Finanzas y Tesorería, Secretaría de Seguridad Pública, Secretaría de Educación, Servicios de Salud, Sistemas Estatal de Caminos, Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, Metrorrey y Secretaría General de Gobierno.

Cantú Suárez informó que en Obras Pública se realizó una auditoría al sexenio 2010-2015 y en el 60 por ciento de las obras contratadas se encontraron irregulares, como la falta parcial o total de comprobantes de pago y facturas que no que no corresponden, entre otras.

También van por ex alcaldesa panista

La fiscalía también informó que se procederá contra la exalcaldesa de Monterrey Margarita Arellanes, por la aprobación de servicios de protección a funcionarios municipales antes de que dejara el cargo.

México

Senado prohíbe definitivamente las terapias de conversión en México

El pleno Senado de la República aprobó las reformas al Código Penal y a la Ley General de Salud para prohibir y sancionar de forma definitiva y a nivel nacional los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), también conocidas como terapias de conversión, las cuales han sido consideradas por organismos internacionales como un acto de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+, ya que consisten en someter a las víctimas a abusos sexuales, electrochoques y hasta supuestos exorcismos, para que se se identifiquen como personas cisgénero heterosexuales.

Los senadores aprobaron prohibir los ECOSIG en México con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones durante una sesión que duró casi 12 horas, a un mes de que fue aprobada en la Cámara de Diputados y a seis años de que se presentó la iniciativa.

“Para prohibir y sancionar las llamadas terapias de conversión, conocidas como ECOSIG, se aprueba reformar, con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, el Código Penal Federal y la Ley General de Salud.

“Los ECOSIG son prácticas que han incentivado la violación de los derechos humanos de la comunidad LGBTTTIQ+.”, escribió en redes sociales el Senado.

Tras la aprobación de las reformas, el Senado envió el documento al Ejecutivo Federal para que se realice el trámite correspondiente y se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.

¿Cómo se sancionarán las terapias de conversión en México?

De acuerdo con el Senado, quien realice las denominadas terapias de conversión o ECOSIG podrá ser sancionado con dos a seis años de prisión y una multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que actualmente sería una suma de entre 108 mil y 216 mil pesos.

Las reformas que adicionan un artículo 209 Quintus al Código Penal Federal y un artículo 465 Ter a la Ley General de Salud precisan que dichas sanciones se impondrán a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.

No obstante, la sanción aumentará al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

En el proyecto de decreto se establece que bastará la presentación de una denuncia para iniciar la investigación de los hechos que revistan las características del delito al que este precepto se refiere.

¿Los padres de familia podrán ser sancionados?

 

Sí, pero no de la misma forma. En el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

De igual forma, cuando la persona autora tuviere para con la víctima una relación laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima; o se valga de la función pública para cometer el delito, también será castigada con destitución e inhabilitación para desempeñar el cargo hasta por un tiempo igual a la pena impuesta.

¿Cómo se sancionará a profesionales de la salud?

 

Subrayó que las personas profesionales, técnicas, auxiliares de las disciplinas para la salud y relacionadas con las prácticas médicas que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos, terapias o cualquier tipo de servicios o prácticas quirúrgicas o de otra índole, con el objeto de obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar, anular o suprimir la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona, serán sancionadas de acuerdo con el Código Penal Federal, y suspendidas en el ejercicio profesional, de uno a tres años.

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