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Chihuahua

En marzo será la consulta pública del Presupuesto Participativo 2021

El mecanismo del Presupuesto Participativo 2021 cuenta ya con la validación de 404 proyectos listos para someterse a consulta pública, la cual se llevará a cabo en el mes de marzo de este año, en la que podrán votar niños, niñas, adolescentes así como adultos mayores de 18 años.

En días pasados, la presidenta de la Comisión de Participación Ciudadana dio a conocer la lista de los proyectos que serán sujeto de votación entre las y los chihuahuenses para hacer uso del 5 por ciento de los ingresos de libre disposición, tal como lo marca el artículo 132 del Reglamento de Participación Ciudadana y de Niñas, Niños y Adolescentes para el municipio de Chihuahua.

Para este ejercicio, las y los chihuahuenses presentaron un total de 554 propuestas dentro de este mecanismo durante el mes de agosto y septiembre de 2020, las cuales fueron minuciosamente analizadas por el Comité Técnico del Presupuesto Participativo para determinar su viabilidad jurídica, técnica y económica.

Para la Sindicatura de Chihuahua, el diseño y ejecución de este mecanismo representa un importante logro en democracia participativa, por lo que desde el inicio de esta administración, se ha dado impulso para que las personas estén en el centro y puedan ejercer su derecho a la participación.

Por ello, la Sindicatura seguirá revisando que este proceso se lleve a cabo bajo el correcto esquema de la legalidad garantizando que los recursos se ejerzan en tiempo y forma para el beneficio de las y los chihuahuenses.

El comité técnico del Presupuesto Participativo 2021 aún se encuentra en posibilidades de realizar modificaciones a la lista de proyectos publicados, así como la fecha de la consulta pública, sin embargo la Sindicatura informará oportunamente cualquier cambio.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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