Chihuahua
Entrega Conafor semilla para dos mil hectáreas del programa Sembrando Vida en Chihuahua
El delegado estatal de los Programas de Desarrollo, Juan Carlos Loera de la Rosa y el titular de la promotoría de Desarrollo Forestal en el estado de Chihuahua, Manuel Chávez Díaz firmaron un convenio de colaboración por medio del cual se entregaron semillas para el programa Sembrando Vida.
En el marco del convenio de colaboración entre la Comisión Nacional Forestal (Conafor) y la Secretaría de Bienestar a nivel nacional se entregaron semillas de pino prieto, pino real y palma abanico para reforestar aproximadamente dos mil hectáreas en el estado.
Dicha semilla cumple con un protocolo de recolección, traslado, almacenamiento y se lleva a un banco de Germoplasma que se encuentra ubicado en el vivero forestal Las Vírgenes en el municipio de Rosales, explicó Manuel Chávez.
Ahí, detalló, los técnicos especialistas clasifican la semilla, le realizan pruebas de viabilidad física y química a fin de evaluar su efectividad en cuanto a la germinación, luego se selecciona y se deposita en recipientes perfectamente herméticos para su conservación y se entrega como en este caso.
Una vez producida la planta en viveros se pueden establecer plantaciones con una densidad de mil 100 plantas por hectárea en el caso del pino, y 400 en el caso de la palma.
La semilla fue recibida por la coordinadora estatal del programa Sembrando Vida en la entidad, Teresita Ruiz Anchondo quien indicó que se trasladaría a los 817 viveros comunitarios habilitados completamente con sistema de riego, insumos y sembradoras y sembradores incorporados al programa.
Además, subrayó que con este apoyo interinstitucional se podrá avanzar en la gran meta del programa que dirige que proyecta la reforestación de 50 mil hectáreas.
De la misma manera, el representante del presidente de la República en Chihuahua, Juan Carlos Loera destacó que el programa Sembrando Vida reúne a 20 mil sembradoras y sembradores tarahumaras y el 70 por ciento de los terrenos que se cultivan pertenecen a los pueblos originarios.
En la firma del convenio, también estuvo presente el subdelegado de Desarrollo Social y Humano de la Delegación de Bienestar, Rafael Mata Márquez, el jefe del departamento de Manejo Forestal Comunitario, Gustavo López Gutiérrez y la titular de la Promotoría Local en Coyame del Sotol, Cynthia Gabriela Duarte Rodríguez.
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Chihuahua
Así ordenaron la aprehensión de César Jáuregui en Chihuahua
Un oficio atribuido al Poder Judicial de Chihuahua detalla los delitos por los que se habría autorizado la captura de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo.
Chihuahua, Chih.— Un documento atribuido al Poder Judicial del Estado de Chihuahua revela los términos de una resolución mediante la cual se habría ordenado la aprehensión de César Gustavo Jáuregui Moreno y Guillermo Arturo Zuany Portillo, por presuntos delitos relacionados con el ejercicio de funciones públicas.
El documento, identificado con el número de oficio 53095/2026, correspondiente a la causa penal 3055/2026, está dirigido a Anabel Amparán Delgado, agente del Ministerio Público adscrita a la Fiscalía General del Estado.
En el apartado de resolutivos aparece expresamente la instrucción de librar órdenes de aprehensión contra ambos señalados.
¿De qué se acusa a César Jáuregui?
Según el oficio, la resolución contempla dos señalamientos contra César Gustavo Jáuregui Moreno.
El primero corresponde a los delitos de ejercicio ilegal del servicio público y coalición, previstos en los artículos 253, fracción II, y 260 del Código Penal del Estado de Chihuahua, respectivamente. En este caso, se le señala como presunto coautor junto con Guillermo Arturo Zuany Portillo.
El segundo corresponde a otra hipótesis del delito de ejercicio ilegal del servicio público, prevista en la fracción IV del artículo 253 del mismo ordenamiento, por la cual se le atribuye la calidad de autor material.
Por su parte, Zuany Portillo también aparece señalado por el delito de falsedad ante autoridades con penalidad agravada, contemplado en el artículo 308 del Código Penal estatal.
¿Cómo se autorizó la orden de captura?
El documento establece que la autoridad judicial valoró los antecedentes de investigación expuestos por la Fiscalía en su solicitud de mandamiento de captura.
Tras esa valoración, el tribunal habría autorizado las órdenes de aprehensión y dispuesto la entrega de tres copias certificadas del oficio al Ministerio Público.
La resolución también señala que los imputados deberán recibir una copia al momento de su captura y ser puestos inmediatamente a disposición del tribunal correspondiente.
Lo que todavía falta por esclarecer
Aunque el documento describe los delitos atribuidos y las disposiciones judiciales para ejecutar las capturas, la imagen difundida no contiene los antecedentes completos de la investigación ni permite conocer los hechos específicos que habrían motivado las imputaciones.
Tampoco permite establecer si las órdenes continúan vigentes, si fueron ejecutadas o si existen determinaciones judiciales posteriores.
La autenticidad del oficio y la existencia de las órdenes de aprehensión requieren confirmación independiente ante el Poder Judicial del Estado de Chihuahua.
En cualquier caso, una orden de aprehensión no constituye una sentencia condenatoria y las personas señaladas conservan su presunción de inocencia.
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