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Chihuahua

Entrega IEE propuesta de reforma a la Ley Electoral del Estado

Como resultado de trabajo de análisis y estudio especializado, el Consejero Presidente, Consejeras y Consejeros Electorales del Instituto Estatal Electoral (IEE) de Chihuahua entregaron hoy la propuesta de reforma a la Ley Electoral del Estado, a la Presidenta del H. Congreso del Estado, Blanca Gámez Gutiérrez.
Este documento constituye una aportación de carácter técnico, con planteamientos encaminados a mejorar aspectos operativos y distintas etapas del desarrollo del proceso electoral, así como adecuar la estructura orgánica del propio Instituto.
Su elaboración se dio a lo largo de las sesiones de la Comisión de Estudio, Análisis y Propuesta de Reforma a la Ley Electoral del Estado, que fue conformada en febrero de este año por acuerdo del Consejo Estatal Electoral, a fin de buscar canales de cooperación y colaboración con el Poder Legislativo del Estado, y formular propuestas con una visión técnica, operativa e institucional, que pudieran ser tomadas en cuenta para repercutir en una organización más eficiente de las elecciones.
Como punto de referencia se tomó la necesidad de precisar varios aspectos en la normatividad electoral, derivados de las novedosas figuras que trajo la reforma del 2014 a la Constitución General de la República, y la correspondiente del 2015 a la Constitución del Estado.
Tras recibir el documento y escuchar las aportaciones de las y los consejeros, la Presidenta del Congreso del Estado expresó que es de fundamental importancia conocer y tomar en cuenta los planteamientos del órgano electoral local, con la experiencia y conocimiento que tiene en este tema, para conformar una mejor legislación electoral para el Estado de Chihuahua.
Al acto de entrega, acudieron el Consejero Presidente Arturo Meraz González, las Consejeras y los Consejeros Electorales Saúl Eduardo Rodríguez Camacho, María Elena Cárdenas Méndez, Claudia Arlett Espino, Gilberto Sánchez Esparza, Alonso Bassanetti Villalobos y Julieta Fuentes Chávez.
Conforme a los acuerdos tomados en las sesiones celebradas de la Comisión de Estudio, Análisis y Propuesta de Reforma a la Ley Electoral del Estado, la propuesta elaborada abarca los cuatro rubros siguientes:
1. Erradicación de la violencia política contra la mujer.
Ya que el Instituto asumió los compromisos del Protocolo para atender la Violencia Política contra las Mujeres, elaborado por el INE y el Tribunal Electoral del PJF, se propone:
· Establecer como directriz de actuación en la postulación de candidaturas, la erradicación de la violencia política contra las mujeres.
· La integración paritaria de las asambleas municipales del Instituto.
· Negativa de registro de candidaturas que desfavorezcan a las mujeres si son postuladas en los distritos y municipios donde el partido obtiene menor votación.
· Contemplar la violencia política contra la mujer como infracción electoral.
2. Candidaturas independientes.
Se propone colmar lagunas respecto a lo siguiente:
· Dar certeza al plazo que tiene el Instituto para resolver si se obtuvieron las firmas de apoyo necesarias por los aspirantes a candidatos independientes.
· Establecer expresamente que las planillas de candidatos independientes para las presidencias municipales tienen derecho a la representación proporcional en condiciones de igualdad con los partidos políticos.
3. Adecuación de la estructura del Instituto Estatal Electoral y cómputo de las elecciones.
Se presenta la propuesta de adecuar y fortalecer la estructura orgánica del Instituto, pues no corresponde ya a la estructura actual ni a las necesidades del órgano.
Con la idea de contar mejor y más rápido, se propone establecer la posibilidad de instalar asambleas distritales en Chihuahua y Juárez, pues concentran cerca del 60% del Listado Nominal y la verificación de los Cómputos de la elección se vuelve complicada.
4. Implementación del régimen de responsabilidades administrativas de los servidores del Instituto Estatal Electoral.
Todo servidor público debe estar sujeto a un régimen de responsabilidades en el ejercicio de su función, pero las reglas aplicables a los servidores del Instituto deben estar en la Ley Electoral y actualmente no establece nada al respecto, por lo que se propone adicionar lo siguiente:

· Conductas infractoras de los servidores del Instituto.
· Sanciones aplicables.
Procedimientos para determinar responsabilidades y aplicar sanciones.
Contraloría interna, como autoridad sancionadora.
Con lo anterior, el Instituto Estatal Electoral busca coadyuvar a la configuración de una Ley Electoral adecuada para hacer frente, en su aspecto operativo, a la elección estatal de 2018.

Chihuahua

Declara SCJN despenalización del aborto en Chihuahua

Chihuahua, Chih.- Los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declararon inconstitucionales varios artículos del Código Penal del Estado de Chihuahua que penalizaban el aborto, tras aprobar la acción de inconstitucionalidad 1/2024 presentada por la Primera Sala.

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá presentó el proyecto, el cual fue avalado con base en el amparo en revisión 666/2023, resuelto por la Primera Sala el 18 de octubre de 2023 con una mayoría de cuatro votos.

En dicha resolución, se determinó que los artículos 143, párrafos primero y segundo, y 145 del Código Penal de Chihuahua vulneran los derechos a la salud, la igualdad y la no discriminación de las mujeres y personas con capacidad de gestar.

Además, se estableció que estas disposiciones imponen la maternidad de manera obligatoria, lo que atenta contra el derecho de cada persona a definir su proyecto de vida y a disfrutar del mayor nivel de bienestar físico, mental y social, garantizando así su autonomía sobre la salud y el cuerpo, incluyendo la libertad sexual.

El amparo también subrayó la responsabilidad del Estado Mexicano de garantizar el derecho a la salud de mujeres y personas gestantes, brindando acceso a los mejores servicios de salud sexual y reproductiva, entendidos como un estado de bienestar integral y no solo como la ausencia de enfermedades.

Asimismo, se determinó que el artículo 146, fracción primera, es inconstitucional, ya que, aunque prevé excusas absolutorias, sigue considerando el aborto como delito, incluso cuando la interrupción del embarazo no fue consentida, como en casos de violación o inseminación artificial no autorizada. Esta normativa criminaliza a la mujer sin sancionar la conducta, lo que afecta negativamente su derecho a decidir.

Pese a la resolución, el Congreso del Estado no modificó ni derogó los artículos señalados como inconstitucionales, por lo que la Primera Sala solicitó al Pleno de la Corte emitir la declaratoria general de inconstitucionalidad, la cual entrará en vigor una vez que se notifique al órgano legislativo local.

Al tratarse de una materia penal, la declaratoria tendrá efectos retroactivos, beneficiando a mujeres y personas gestantes que estén bajo investigación, proceso o hayan sido sentenciadas por aborto, así como a los profesionales de la salud que hayan realizado interrupciones del embarazo con consentimiento.

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